Resolución Jefatural N.° 0267-2024-MTC/20.2
27 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2021, a favordel proveedor Chávez Visalot Erik Frank, por el pago pendiente del único entregable de laOrden de Servicio N° 02704‐2021 por la prestación del “Servicio de gestión de proyectos, revisión de la información y documentación técnica legal para la adquisición de 18 inmueblesafectados por el derecho de vía de la Obra: Mejoramiento de Corredor Vial Apurímac ‐ Cusco,Tramo II: Puente Ichuray – Puente Sayhua”, por el monto total de S/ 14,500.00 (Catorce milquinientos con 00/100 soles)”, previa aplicación de la penalidad correspondiente
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pagoreconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al
presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en lapresente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área deTesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución,en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección deDerecho de Vía, al área de Logística y al proveedor Chávez Visalot Erik Frank.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de RecursosHumanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de losfuncionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento decrédito devengado.
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2021, a favordel proveedor Chávez Visalot Erik Frank, por el pago pendiente del único entregable de laOrden de Servicio N° 02704‐2021 por la prestación del “Servicio de gestión de proyectos, revisión de la información y documentación técnica legal para la adquisición de 18 inmueblesafectados por el derecho de vía de la Obra: Mejoramiento de Corredor Vial Apurímac ‐ Cusco,Tramo II: Puente Ichuray – Puente Sayhua”, por el monto total de S/ 14,500.00 (Catorce milquinientos con 00/100 soles)”, previa aplicación de la penalidad correspondiente
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pagoreconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al
presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en lapresente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área deTesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución,en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección deDerecho de Vía, al área de Logística y al proveedor Chávez Visalot Erik Frank.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de RecursosHumanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de losfuncionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento decrédito devengado.