Resolución Jefatural N.° 0246-2024-MTC/20.2
13 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2023, a favor del proveedor Consultora y Constructora Roble del Campo E.I.R.L., por el pago pendiente del único entregable de la Orden de Servicio N° 00189‐2023 por la prestación del “Servicio de reparación de servicios higiénicos – Unidad de Peaje Socos”, por el monto total de S/ 8,964.17, (Ocho mil novecientos sesenta y cuatro con 17/100 soles)”, previa aplicación de la penalidad correspondiente
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al
presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Unidad Zonal XIV Ayacucho, al área de Logística y al proveedor Consultora y Constructora Roble del Campo E.I.R.L.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de Recursos Humanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento de crédito devengado.
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2023, a favor del proveedor Consultora y Constructora Roble del Campo E.I.R.L., por el pago pendiente del único entregable de la Orden de Servicio N° 00189‐2023 por la prestación del “Servicio de reparación de servicios higiénicos – Unidad de Peaje Socos”, por el monto total de S/ 8,964.17, (Ocho mil novecientos sesenta y cuatro con 17/100 soles)”, previa aplicación de la penalidad correspondiente
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al
presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Unidad Zonal XIV Ayacucho, al área de Logística y al proveedor Consultora y Constructora Roble del Campo E.I.R.L.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de Recursos Humanos, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios y servidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento de crédito devengado.