Resolución Jefatural N.° 0244-2024-MTC/20.2

13 de diciembre de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Afectación en Uso de un (01) puente modular nuevo Harzone de 51.82 m de longitud DDR1A CB200A‐2 de una vía sin pasarela, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; bajo los alcances de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, por el importe de: S/. 983,329.04 (Novecientos ochenta y tres mil trescientos veintinueve con 04/100 Soles), y cuyo detalle se encuentra contenido en el Anexo 1 que forma parte de la presente resolución; a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, representado por su Director Ejecutivo el Sr. OSCAR EFRAIN CHAVEZ FIGUEROA, identificado con DNI 08299411, con domicilio en Jirón Camaná N° 678, Piso 11, Cercado de Lima, para su instalación en el proyecto denominado Puente Sara Sara en el distrito de Yanaoca, provincia de Canas en la región Cusco.
ARTÍCULO 2.‐ Aprobar el plazo de la Afectación en Uso del puente modular a que hace referencia el Artículo Primero, en un (01) año contado a partir de la suscripción del Acta de Entrega – Recepción, conforme a lo establecido en el Artículo 56° de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de Logística, como Órgano Responsable del ControlPatrimonial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ‐ PROVIASNACIONAL, realice las coordinaciones del caso con Provias Descentralizado, para efectuar laentrega‐recepción formal de los elementos metálicos materia de la Afectación en Uso aprobada en el Artículo Primero de la presente Resolución, previa acreditación del personal que suscribirá elacta de entrega‐recepción; así como la presentación de los documentos por el aseguramiento delos bienes afectados en uso, conforme a lo señalado en el numeral 55.1 del art. 51 de la DirectivaN° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marcodel Sistema Nacional de Abastecimiento” y sus modificatoria.
ARTÍCULO 4.‐ Transcribir la presente Resolución a la Dirección de Puentes, a la Jefatura deLogística, a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas; y al Órgano de Control Institucional delProyecto de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; y al Proyecto Especialde Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, para los finescorrespondientes, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Vista preliminar de documento RJ N° 0000244-2024-MTC20.2

RJ N° 0000244-2024-MTC20.2

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