Resolución Jefatural N.° 0238-2024-MTC/20.2

5 de diciembre de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. ‐ MODIFICAR el Estado de conservación de BUENO a MALO, de nueve(09) bienes muebles patrimoniales contenidos en el Anexo 1 de la Resolución Jefatural deAdministración N° 087‐2018‐MTC/20.2 del 13 de junio del 2018; bienes que se encuentran descritosen el Anexo 1 de la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO.‐ REFORMAR el Artículo primero de la Resolución Jefatural deAdministración N° 159‐2018‐MTC/20.2 del 7 de setiembre del 2018, cuando señala “… y quecorrespondería a 195 bienes del Anexo 1…”, cuando lo correcto sería “… y que correspondería a186 bienes del Anexo 1…”; y el Anexo 1 en relación al estado de conservación de nueve (09) bienesmuebles involucrados, de Bueno a Malo, así como su causal de OT (Obsolescencia Técnica) a RAEE,bienes descritos en el Anexo 1 de la presente Resolución.
ARTICULO TERCERO.‐ ADECUAR el procedimiento con la finalidad de cumplir con la publicación en el portal digital del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme lo establece el formato del Anexo I aprobado con la Resolución Directoral N° 008‐2021‐EF/54.01, bienes que se encuentran descritos en el Anexo 1 de la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO. ‐ DISPONER la plena vigencia de los demás artículos de la Resolución rectificada, que no se oponga a la presente Resolución; y ADJUNTAR copia fedateada del presente acto administrativo, al expediente que dio origen a la Resolución modificada.
ARTÍCULO QUINTO. ‐ NOTIFICAR la presente Resolución en las mismas formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondía al acto original rectificado.
ARTÍCULO SEXTO.‐ DISPONER la publicación de la presente Resolución, y la Relación de los Bienes Muebles Patrimoniales descritos en el Anexo 1, en el portal institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL (www.pvn.gob.pe), dentro de los quince (15) días hábiles de aprobada la resolución de baja.
ARTÍCULO SETIMO.‐ DISPONER que en el plazo de tres (03) días hábiles luego de realizada la publicación indicada en el Artículo precedente, se remita a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, por medio físico o virtual, el pedido de publicación en el portal institucional del MEF, indicando los datos de contacto del servidor civil responsable del procedimiento en la Entidad.
ARTÍCULO OCTAVO.‐ NOTIFICAR la presente Resolución a la Oficina de Tecnología de la Información; Jefatura de Logística; Jefatura de Contabilidad y Finanzas; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO NOVENO.‐ DISPONER que Logística, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y sus modificatorias aprobadas con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01
y N° 0016‐2023‐EF/54.01.
Vista preliminar de documento RJ N° 0000238-2024-MTC20.2

RJ N° 0000238-2024-MTC20.2

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