Resolución Jefatural N.° 190-2024-MTC/20.2
24 de setiembre de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso yconsumo, y Obsolescencia técnica o pedagógica, según corresponda, de trescientos treinta y dos(332) ítems de bienes muebles ‐ existencias de almacén de la Unidad Zonal La Libertad, propiedaddel Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por elimporte total de S/ 69,380.12 (Sesenta y nueve mil trescientos ochenta con 12/100 soles), a
efectos de ser excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyascaracterísticas y detalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presenteResolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal La Libertad, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal La Libertad, proceder con lasacciones tendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados debaja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, yLogística; a la Sub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal La Libertad; así como al Órgano deControl Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso yconsumo, y Obsolescencia técnica o pedagógica, según corresponda, de trescientos treinta y dos(332) ítems de bienes muebles ‐ existencias de almacén de la Unidad Zonal La Libertad, propiedaddel Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por elimporte total de S/ 69,380.12 (Sesenta y nueve mil trescientos ochenta con 12/100 soles), a
efectos de ser excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyascaracterísticas y detalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presenteResolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal La Libertad, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal La Libertad, proceder con lasacciones tendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados debaja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, yLogística; a la Sub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal La Libertad; así como al Órgano deControl Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.