Resolución Jefatural N.° 141-2024-MTC/20.2
31 de julio de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ APROBAR la baja por la causal de residuos de aparatos eléctricos yelectrónicos – RAEE, de DOCE (12) Bienes del Activo Fijo, con un Valor Neto de S/ 12.04 (Doce con04/100 Soles); y NUEVE (09) Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 2,124.10(Dos mil ciento veinticuatro con 10/100 Soles), evaluados por la Oficina de Tecnología de laInformación, actualmente ubicados en el Almacén del Serpentín de Pasamayo, propiedad delProyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de serexcluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características individuales seencuentran descritas en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución;
ARTÍCULO 2.‐ AUTORIZAR la inclusión de DOS (02) bienes muebles sobrantes calificadoscomo RAEE, descritos en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución, conforme a loseñalado en los numerales 6.2 y 7.2.1 de la Directiva N° 001‐2020‐EF/54.01 “Procedimientos parala Gestión de los Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos yElectrónicos – RAEE” aprobada con Resolución Directoral N° 008‐2020‐EF/54.01, modificada con la
Resolución Directoral N° 008‐2021‐EF/54.01, con fines de publicación para posterior donación a losSistemas de Manejo RAEE.
ARTÍCULO 3.‐ DISPONER que Logística y Contabilidad y Finanzas, viabilicen lo dispuesto enel Artículo 1, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de losbienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 4.‐ DISPONER la publicación de la presente Resolución, y la Relación de losBienes Muebles Patrimoniales descritos en el Anexo 1, así como el informe técnico que sustenta lacondición de los bienes sobrantes calificados como RAEE descritos en el Anexo 2, en el portalinstitucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL(www.pvn.gob.pe), dentro de los quince (15) días hábiles de aprobada la resolución de baja.
ARTÍCULO 5.‐ DISPONER que en el plazo de tres (03) días hábiles luego de realizada lapublicación indicada en el Artículo precedente, se remita a la Dirección General de Abastecimientodel Ministerio de Economía y Finanzas, por medio físico o virtual, el pedido de publicación en elportal institucional del MEF, de la Resolución de baja y la relación de bienes descritos en el Anexo1; así como el Informe Técnico que sustenta la condición de los bienes muebles sobrantes
calificados como RAEE descritos en el Anexo 2, indicando los datos de contacto del servidor civilresponsable del procedimiento en la Entidad.
ARTÍCULO 6.‐ NOTIFICAR la presente Resolución a Logística; a Contabilidad y Finanzas; asícomo al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con lasdisposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 7.‐ DISPONER que Logística, cumpla con el registro del número de la Resoluciónque aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGAMEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la DirectivaN° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y susmodificatorias aprobadas con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0016‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ APROBAR la baja por la causal de residuos de aparatos eléctricos yelectrónicos – RAEE, de DOCE (12) Bienes del Activo Fijo, con un Valor Neto de S/ 12.04 (Doce con04/100 Soles); y NUEVE (09) Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 2,124.10(Dos mil ciento veinticuatro con 10/100 Soles), evaluados por la Oficina de Tecnología de laInformación, actualmente ubicados en el Almacén del Serpentín de Pasamayo, propiedad delProyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de serexcluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características individuales seencuentran descritas en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución;
ARTÍCULO 2.‐ AUTORIZAR la inclusión de DOS (02) bienes muebles sobrantes calificadoscomo RAEE, descritos en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución, conforme a loseñalado en los numerales 6.2 y 7.2.1 de la Directiva N° 001‐2020‐EF/54.01 “Procedimientos parala Gestión de los Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos yElectrónicos – RAEE” aprobada con Resolución Directoral N° 008‐2020‐EF/54.01, modificada con la
Resolución Directoral N° 008‐2021‐EF/54.01, con fines de publicación para posterior donación a losSistemas de Manejo RAEE.
ARTÍCULO 3.‐ DISPONER que Logística y Contabilidad y Finanzas, viabilicen lo dispuesto enel Artículo 1, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de losbienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 4.‐ DISPONER la publicación de la presente Resolución, y la Relación de losBienes Muebles Patrimoniales descritos en el Anexo 1, así como el informe técnico que sustenta lacondición de los bienes sobrantes calificados como RAEE descritos en el Anexo 2, en el portalinstitucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL(www.pvn.gob.pe), dentro de los quince (15) días hábiles de aprobada la resolución de baja.
ARTÍCULO 5.‐ DISPONER que en el plazo de tres (03) días hábiles luego de realizada lapublicación indicada en el Artículo precedente, se remita a la Dirección General de Abastecimientodel Ministerio de Economía y Finanzas, por medio físico o virtual, el pedido de publicación en elportal institucional del MEF, de la Resolución de baja y la relación de bienes descritos en el Anexo1; así como el Informe Técnico que sustenta la condición de los bienes muebles sobrantes
calificados como RAEE descritos en el Anexo 2, indicando los datos de contacto del servidor civilresponsable del procedimiento en la Entidad.
ARTÍCULO 6.‐ NOTIFICAR la presente Resolución a Logística; a Contabilidad y Finanzas; asícomo al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con lasdisposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 7.‐ DISPONER que Logística, cumpla con el registro del número de la Resoluciónque aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGAMEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la DirectivaN° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y susmodificatorias aprobadas con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0016‐2023‐EF/54.01.