Resolución Jefatural N.° 135-2024-MTC/20.2
16 de julio de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Estado de Chatarra, de un (01) Bien del Activo Fijo, con un Valor Neto de S/ 1.00 (Uno con 00/100 Soles); y veintidós (22) Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 1,441.50 (Un mil cuatrocientos cuarenta y uno con 50/100 Soles); ubicados en la Unidad Zonal San Martín‐Loreto, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características y valores individuales se encuentran contenidos en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que Logística y Contabilidad y Finanzas de la Oficina de Administración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a Logística de la Oficina de Administración, proceder con la disposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Autorizar la inclusión de seis (06) bienes muebles en calidad de sobrantes en los actos de disposición, juntamente con los bienes dados de baja con el artículo 1, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 5.‐ Notificar la presente Resolución a Logística, a Contabilidad y Finanzas de laOficina de Administración; a la Unidad Zonal San Martín‐Loreto; así como al Órgano de ControlInstitucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 6.‐ Disponer que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número dela Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo dePatrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición ComplementariaTransitoria de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y
N° 0016‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Estado de Chatarra, de un (01) Bien del Activo Fijo, con un Valor Neto de S/ 1.00 (Uno con 00/100 Soles); y veintidós (22) Bienes No Depreciables, con un valor de adquisición de S/ 1,441.50 (Un mil cuatrocientos cuarenta y uno con 50/100 Soles); ubicados en la Unidad Zonal San Martín‐Loreto, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características y valores individuales se encuentran contenidos en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que Logística y Contabilidad y Finanzas de la Oficina de Administración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a Logística de la Oficina de Administración, proceder con la disposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Autorizar la inclusión de seis (06) bienes muebles en calidad de sobrantes en los actos de disposición, juntamente con los bienes dados de baja con el artículo 1, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 5.‐ Notificar la presente Resolución a Logística, a Contabilidad y Finanzas de laOficina de Administración; a la Unidad Zonal San Martín‐Loreto; así como al Órgano de ControlInstitucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 6.‐ Disponer que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número dela Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo dePatrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición ComplementariaTransitoria de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y
N° 0016‐2023‐EF/54.01.