Resolución Directoral N.° 505-2024-MTC/20
°
14 de junio de 2024
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Ampliaci6n de Plaza de Obra N° 47
por 128 dfas calendario al Contrato de Ejecución de Obra N° 167-2018-MTC/20.2, solicitada
por el CONSORCIO CARRETERO DEL PERU, integrado por las empresas CHINA GEZHOUBA
GROUP COMPANY LIMITED SUCURSAL DELPERUY EIVI SAC.; y, en cumplimiento a la Decision
de la JRD respecto a la Controversia N° 11, Decision de la JRD respecto a la Controversia N° 14,
Decision de la JRD respecto a la Controversia N° 17, del Laudo Arbitral Exp. N" 2873-245-20 Y
Resolucion del Poder Judicial, y la Decision de la JRD respecto a la Controversia N° 21, la fecha
de termino de ejecucion de obra se traslada del 26.05.2023 al 14.03.2024, conforme a los
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.
por 128 dfas calendario al Contrato de Ejecución de Obra N° 167-2018-MTC/20.2, solicitada
por el CONSORCIO CARRETERO DEL PERU, integrado por las empresas CHINA GEZHOUBA
GROUP COMPANY LIMITED SUCURSAL DELPERUY EIVI SAC.; y, en cumplimiento a la Decision
de la JRD respecto a la Controversia N° 11, Decision de la JRD respecto a la Controversia N° 14,
Decision de la JRD respecto a la Controversia N° 17, del Laudo Arbitral Exp. N" 2873-245-20 Y
Resolucion del Poder Judicial, y la Decision de la JRD respecto a la Controversia N° 21, la fecha
de termino de ejecucion de obra se traslada del 26.05.2023 al 14.03.2024, conforme a los
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.