Resolución Jefatural N.° 112-2024-MTC/20.2
10 de junio de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso y consumo, y Obsolescencia técnica o pedagógica, según corresponda, de ciento veintiún (121) ítems de bienes muebles ‐ existencias de almacén de la Unidad Zonal Arequipa, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total de S/ 28,425.46 (Veintiocho mil cuatrocientos veinticinco con 46/100 soles), a efectos de ser
excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina de Administración y la Unidad Zonal Arequipa, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienes muebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Arequipa, proceder con las acciones tendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, y Logística; a la Sub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Arequipa; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso y consumo, y Obsolescencia técnica o pedagógica, según corresponda, de ciento veintiún (121) ítems de bienes muebles ‐ existencias de almacén de la Unidad Zonal Arequipa, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total de S/ 28,425.46 (Veintiocho mil cuatrocientos veinticinco con 46/100 soles), a efectos de ser
excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina de Administración y la Unidad Zonal Arequipa, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienes muebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Arequipa, proceder con las acciones tendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, y Logística; a la Sub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Arequipa; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.