Resolución Jefatural N.° 111-2024-MTC/20.2
5 de junio de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Transferencia del bien mueble – existencia de almacén denominado MATERIAL ARENA ACOPIADA PARA BASE, en la cantidad de 2,922.76 m3 (Dos mil novecientos veintidós con setenta y seis metros cúbicos) valorizado en S/ 19,144.08 (Diecinueve mil ciento cuarenta y cuatro con 08/100 Soles); dado de baja con la Resolución Jefatural de Administración N° 100‐2024‐MTC/20.2, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, y ubicado en la Unidad Zonal Ayacucho, cuyas características se encuentran contenidas en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución; a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de San Martin de Paraíso, Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga, Región Ayacucho, representada por su Alcalde el Sr. JOSE SULCA AGUIRRE, identificado con DNI 28228285, con domicilio legal en la Plaza Principal San Martín de Paraíso S/N,
distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, región Ayacucho.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Coordinación de Almacén, como órgano responsable de la gestión del almacenamiento y distribución, efectúe las acciones administrativas para el cumplimiento del acto de disposición final, mediante la suscripción del acta de entrega‐recepción, que deberá efectuarse previa presentación del documento de aceptación de la transferencia por parte del beneficiario.
ARTÍCULO 3.‐ Notificar la presente Resolución a Logística, a la Unidad Zonal Ayacucho, y al Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional –PROVIAS NACIONAL; así como a la Municipalidad del Centro Poblado de San Martin de Paraíso, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 4.‐ Disponer que Logística, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en el literal d) del artículo 52° de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, aprobada mediante Resolución Directoral N° 011‐2021‐EF/54.01, y modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Transferencia del bien mueble – existencia de almacén denominado MATERIAL ARENA ACOPIADA PARA BASE, en la cantidad de 2,922.76 m3 (Dos mil novecientos veintidós con setenta y seis metros cúbicos) valorizado en S/ 19,144.08 (Diecinueve mil ciento cuarenta y cuatro con 08/100 Soles); dado de baja con la Resolución Jefatural de Administración N° 100‐2024‐MTC/20.2, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, y ubicado en la Unidad Zonal Ayacucho, cuyas características se encuentran contenidas en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución; a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de San Martin de Paraíso, Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga, Región Ayacucho, representada por su Alcalde el Sr. JOSE SULCA AGUIRRE, identificado con DNI 28228285, con domicilio legal en la Plaza Principal San Martín de Paraíso S/N,
distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, región Ayacucho.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Coordinación de Almacén, como órgano responsable de la gestión del almacenamiento y distribución, efectúe las acciones administrativas para el cumplimiento del acto de disposición final, mediante la suscripción del acta de entrega‐recepción, que deberá efectuarse previa presentación del documento de aceptación de la transferencia por parte del beneficiario.
ARTÍCULO 3.‐ Notificar la presente Resolución a Logística, a la Unidad Zonal Ayacucho, y al Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional –PROVIAS NACIONAL; así como a la Municipalidad del Centro Poblado de San Martin de Paraíso, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 4.‐ Disponer que Logística, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en el literal d) del artículo 52° de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, aprobada mediante Resolución Directoral N° 011‐2021‐EF/54.01, y modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.