Resolución Jefatural N.° 100-2024-MTC/20.2
29 de mayo de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia y Merma, según corresponda, de seis mil seiscientos veinte metros cúbicos (6,620 m3) del bien mueble ‐ existencia de almacén denominado Material arena acopiado para base, por el importe total de S/ 43,361.00 (Cuarenta y tres mil trescientos sesenta y uno con 00/100 soles) propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; ubicado en la Unidad Zonal Ayacucho, a efectos de ser excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Ayacucho, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Ayacucho, proceder con las accionestendientes a la disposición final, de corresponder, de los bienes muebles – existencias de almacéndados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, yLogística; a la Sub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Ayacucho; así como al Órgano deControl Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia y Merma, según corresponda, de seis mil seiscientos veinte metros cúbicos (6,620 m3) del bien mueble ‐ existencia de almacén denominado Material arena acopiado para base, por el importe total de S/ 43,361.00 (Cuarenta y tres mil trescientos sesenta y uno con 00/100 soles) propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; ubicado en la Unidad Zonal Ayacucho, a efectos de ser excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Ayacucho, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Ayacucho, proceder con las accionestendientes a la disposición final, de corresponder, de los bienes muebles – existencias de almacéndados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas, yLogística; a la Sub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Ayacucho; así como al Órgano deControl Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legalesvigentes.