Resolución Jefatural N.° 094-2024-MTC/20.2
27 de mayo de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ Reconocer el Crédito Devengado del ejercicio 2023, a favor del Proveedor FREDY ADIMIR SOSA QUISPE, por el pago del segundo entregable de la Orden de Servicio N°00001084‐2020 “Servicio de levantamiento topográfico y estacado de la franja del derecho de vía y la franja de construcción, en la variante Caracoto (PROG. 3+800 ‐ PROG. 5+400) y en la variante Paucarcolla (Prog. 24+200 ‐ Prog. 25+800) de la Obra: Construcción de la Autopista Puno ‐ Juliaca del Tramo 5: Matarani ‐ Arequipa ‐ Juliaca ‐ Azángaro/Ilo ‐ Moquegua ‐ Puno –Juliaca”, por un monto total de S/ 17,718.78 (Diecisiete mil setecientos dieciocho con 78/100
Soles), correspondiendo la aplicación de una penalidad por mora de S/ 369.14 (Trescientos sesenta y nueve con 14/100 Soles); al cumplir con lo dispuesto en el Decreto Supremo 017‐84‐PCM.
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía y al área de Logística.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de Recursos Humanos,a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios yservidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento de créditodevengado.
Artículo 1.‐ Reconocer el Crédito Devengado del ejercicio 2023, a favor del Proveedor FREDY ADIMIR SOSA QUISPE, por el pago del segundo entregable de la Orden de Servicio N°00001084‐2020 “Servicio de levantamiento topográfico y estacado de la franja del derecho de vía y la franja de construcción, en la variante Caracoto (PROG. 3+800 ‐ PROG. 5+400) y en la variante Paucarcolla (Prog. 24+200 ‐ Prog. 25+800) de la Obra: Construcción de la Autopista Puno ‐ Juliaca del Tramo 5: Matarani ‐ Arequipa ‐ Juliaca ‐ Azángaro/Ilo ‐ Moquegua ‐ Puno –Juliaca”, por un monto total de S/ 17,718.78 (Diecisiete mil setecientos dieciocho con 78/100
Soles), correspondiendo la aplicación de una penalidad por mora de S/ 369.14 (Trescientos sesenta y nueve con 14/100 Soles); al cumplir con lo dispuesto en el Decreto Supremo 017‐84‐PCM.
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía y al área de Logística.
Artículo 5.‐ REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina de Recursos Humanos,a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades administrativas de los funcionarios yservidores cuya acción u omisión haya derivado el presente reconocimiento de créditodevengado.