Resolución Jefatural N.° 089-2024-MTC/20.2
21 de mayo de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ APROBAR la baja por la causal de Daño por acción humana – actos vandálicos, de cuarenta y cinco (45) Bienes muebles patrimoniales del Activo Fijo, con un Valor Neto Total de S/ 15,063.22 (Quince mil sesenta y tres con 22/100 soles); y treinta y tres (33) Bienes no depreciables, con un Valor de Adquisición Total de S/ 10,851.57 (Diez mil ochocientos cincuenta y uno con 57/100 Soles), bienes de la Unidad de Peaje Saylla de la Unidad Zonal Cusco‐Apurímac, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características se encuentran contenidas en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ DISPONER que Logística y Contabilidad y Finanzas, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.‐ NOTIFICAR la presente Resolución a Logística, Contabilidad y Finanzas, la Unidad Zonal Cusco‐Apurímac; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 4.‐ DISPONER que Logística, cumpla con el registro del número de la Resoluciónque aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGAMEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la DirectivaN° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y sumodificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01.
ARTÍCULO 1.‐ APROBAR la baja por la causal de Daño por acción humana – actos vandálicos, de cuarenta y cinco (45) Bienes muebles patrimoniales del Activo Fijo, con un Valor Neto Total de S/ 15,063.22 (Quince mil sesenta y tres con 22/100 soles); y treinta y tres (33) Bienes no depreciables, con un Valor de Adquisición Total de S/ 10,851.57 (Diez mil ochocientos cincuenta y uno con 57/100 Soles), bienes de la Unidad de Peaje Saylla de la Unidad Zonal Cusco‐Apurímac, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro patrimonial y contable de la entidad, cuyas características se encuentran contenidas en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ DISPONER que Logística y Contabilidad y Finanzas, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes dados de baja con la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.‐ NOTIFICAR la presente Resolución a Logística, Contabilidad y Finanzas, la Unidad Zonal Cusco‐Apurímac; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 4.‐ DISPONER que Logística, cumpla con el registro del número de la Resoluciónque aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGAMEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la DirectivaN° 0006‐2021‐EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015‐2021‐EF/54.01 y sumodificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01.