Resolución Jefatural N.° 077-2024-MTC/20.2

7 de mayo de 2024

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Renovación de la Afectación en Uso con eficacia anticipada al 24 de abril del 2024, del puente nuevo Harzone CB200 de 57.91 m de luz de una vía con pasarela, valorizado en S/. 1,316,655.34 (Un millón trescientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y cinco con 34/100 Soles) cuyo detalle se encuentra contenido en el Anexo 1 de la Resolución Jefatural de Administración N° 33‐2023‐MTC/20.2; por el lapso de un (01) año, a favor de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, en su calidad de entidad afectataria, asuma los gastos que se generen por el uso del bien cuya renovación de la afectación se ha aprobado en el artículo 1, tales como custodia, conservación, mantenimiento, seguros y otros, conforme a lo señalado en el art. 55 de la Directiva N° 0006‐2021‐EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, en su calidad de entidad afectataria, cumpla con lo señalado en el numeral 56.2 del art. 56 de la Directiva mencionada, a efectos de que dentro de los quince (15) días hábiles antes del vencimiento del plazo establecido, el 23 de abril del 2025; coordine las acciones necesarias para la devolución del puente modular afectado en uso, con la Coordinación de Almacén y la Dirección de Puentes de PROVIAS NACIONAL,
participando éste último en calidad de Asesor Técnico en la verificación y conformidad de que los componentes del puente, están siendo devueltos en el mismo estado en que fueron entregados, sin más deterioro que su uso ordinario, caso contrario deberá hacerse cargo de su reposición.
ARTÍCULO 4.‐ Transcribir la presente Resolución a la Dirección de Puentes, a Logística, a Contabilidad y Finanzas; y al Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; y a la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, para los fines correspondientes, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Documentos

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