Resolución Jefatural N.° 071-2024-MTC/20.2
30 de abril de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso yconsumo, y Obsolescencia técnica o pedagógica, según corresponda, de cincuenta y siete (57)ítems de bienes muebles ‐ existencias de almacén de la Unidad Zonal Ica, propiedad del ProyectoEspecial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total deS/ 23,050.91 (Veintitrés mil cincuenta con 91/100 soles, a efectos de ser excluidos del registro
contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentrancontenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Ica, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto ala exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienes mueblesexistencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d) del art. 52de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐
EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Ica, proceder con la disposición finalde los bienes muebles – existencias de almacén dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas; a laSub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Ica; así como al Órgano de Control Institucional,para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, No Apto para su uso yconsumo, y Obsolescencia técnica o pedagógica, según corresponda, de cincuenta y siete (57)ítems de bienes muebles ‐ existencias de almacén de la Unidad Zonal Ica, propiedad del ProyectoEspecial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total deS/ 23,050.91 (Veintitrés mil cincuenta con 91/100 soles, a efectos de ser excluidos del registro
contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características y detalles se encuentrancontenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Ica, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto ala exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienes mueblesexistencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d) del art. 52de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐
EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Ica, proceder con la disposición finalde los bienes muebles – existencias de almacén dados de baja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas; a laSub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Ica; así como al Órgano de Control Institucional,para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.