Resolución Jefatural N.° 069-2024-MTC/20.2
30 de abril de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, y No Apto para su uso yconsumo, según corresponda, de Cuatrocientos treinta y nueve (439) ítems de bienes muebles ‐existencias de almacén de la Unidad Zonal Cajamarca, propiedad del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total de S/ 158,374.21(Ciento cincuenta y ocho mil trescientos setenta y cuatro con 21/100 soles), a efectos de ser
excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características ydetalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Cajamarca, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Cajamarca, proceder con lasacciones tendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados debaja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas; a laSub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Cajamarca; así como al Órgano de ControlInstitucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causales de Excedencia, y No Apto para su uso yconsumo, según corresponda, de Cuatrocientos treinta y nueve (439) ítems de bienes muebles ‐existencias de almacén de la Unidad Zonal Cajamarca, propiedad del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; por el importe total de S/ 158,374.21(Ciento cincuenta y ocho mil trescientos setenta y cuatro con 21/100 soles), a efectos de ser
excluidos del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, cuyas características ydetalles se encuentran contenidos en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina deAdministración y la Unidad Zonal Cajamarca, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente,respecto a la exclusión del registro contable y del aplicativo SIGA que corresponda, de los bienesmuebles existencias de almacén, dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d)del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de la Unidad Zonal Cajamarca, proceder con lasacciones tendientes a la disposición final de los bienes muebles – existencias de almacén dados debaja, conforme a lo normativa vigente.
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Contabilidad y Finanzas; a laSub Dirección de Conservación; a la Unidad Zonal Cajamarca; así como al Órgano de ControlInstitucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.