Resolución Jefatural N.° 29-2024-MTC/20.2
11 de marzo de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Excedencia, de veintiséis (26) unidades del bien mueble (existencia de almacén) de código 717200370071, denominado PAPEL CONTINUO TIPO CONSOLA 80 g de 14 7/8 in X 11 in X 1, con un valor de S/ 815.67 (Ochocientos quince con 67/100 Soles), ubicados en el Almacén Central, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro contable y del Módulo de Almacén SIGA MEF de la entidad, cuyas características se encuentran contenidas en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Logística y la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina de Administración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la exclusión del registro contable y del Módulo de Almacén SIGA MEF, de los bienes dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d) del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de Logística de la Oficina de Administración, proceder con la disposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Logística y Jefatura de Contabilidad y Finanzas; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 1.‐ Aprobar la Baja por la causal de Excedencia, de veintiséis (26) unidades del bien mueble (existencia de almacén) de código 717200370071, denominado PAPEL CONTINUO TIPO CONSOLA 80 g de 14 7/8 in X 11 in X 1, con un valor de S/ 815.67 (Ochocientos quince con 67/100 Soles), ubicados en el Almacén Central, propiedad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a efectos de ser excluidos del registro contable y del Módulo de Almacén SIGA MEF de la entidad, cuyas características se encuentran contenidas en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.‐ Disponer que la Jefatura de Logística y la Jefatura de Contabilidad y Finanzas de la Oficina de Administración, viabilicen lo dispuesto en el Artículo precedente, respecto a la exclusión del registro contable y del Módulo de Almacén SIGA MEF, de los bienes dados de baja con la presente Resolución, conforme al literal d) del art. 52 de la Directiva N° 004‐2021‐EF/54.01, modificada con la Resolución Directoral N° 0006‐2022‐EF/54.01 y N° 0011‐2023‐EF/54.01.
ARTÍCULO 3.‐ Encargar a la Jefatura de Logística de la Oficina de Administración, proceder con la disposición final de los bienes dados de baja, conforme a lo normativa vigente
ARTÍCULO 4.‐ Notificar la presente Resolución a la Jefatura de Logística y Jefatura de Contabilidad y Finanzas; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.