Resolución Jefatural N.° 21-2024-MTC/20.2
28 de febrero de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ APROBAR la modificación contractual del Contrato N° 114‐2021‐ MTC/20.2, suscrito con la empresa CHINA RAILWAY TUNNEL GROUP CO., LTD SUCURSAL DEL PERU, para la contratación del “Servicio de Gestión y Conservación Vial por Niveles de Servicio del Corredor Vial: DV. LAS VEGAS – TARMA – LA MERCED – SATIPO – MAZAMARI – PTO. OCOPA / JAUJA LOMO LARGO / PTE. STUART – JAUJA ‐ HUANCAYO”, con incremento en el precio, para implementar los recursos necesarios que se requieren para el componente “Atenciones Especiales” por el monto de S/667,706.05 (Seis Cientos Sesenta y Siete Mil Setecientos Seis con 05/100 Soles), incluido el IGV.
Artículo 2.‐ El egreso que demande lo aprobado en el Artículo 1 de la presente Resolución deberá ser afectado en la Estructura Funcional Programática de Certificación de Crédito Presupuestario (SIAF N° 410); según Informe N° 861‐2024‐MTC/20.4 de fecha 07.02.2024, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROVIAS NACIONAL.
Artículo 3.‐ AUTORIZAR a Logística para que realice las gestiones necesarias para la suscripción de las Adenda al Contrato N° 114‐2021‐MTC/20.2, en mérito a la aprobación efectuada en el artículo 1° de la presente resolución.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la empresa CHINA RAILWAY TUNNEL GROUP CO., LTD SUCURSAL DEL PERU a la Subdirección de Conservación, a Logística, para los fines que correspondan.
Artículo 1.‐ APROBAR la modificación contractual del Contrato N° 114‐2021‐ MTC/20.2, suscrito con la empresa CHINA RAILWAY TUNNEL GROUP CO., LTD SUCURSAL DEL PERU, para la contratación del “Servicio de Gestión y Conservación Vial por Niveles de Servicio del Corredor Vial: DV. LAS VEGAS – TARMA – LA MERCED – SATIPO – MAZAMARI – PTO. OCOPA / JAUJA LOMO LARGO / PTE. STUART – JAUJA ‐ HUANCAYO”, con incremento en el precio, para implementar los recursos necesarios que se requieren para el componente “Atenciones Especiales” por el monto de S/667,706.05 (Seis Cientos Sesenta y Siete Mil Setecientos Seis con 05/100 Soles), incluido el IGV.
Artículo 2.‐ El egreso que demande lo aprobado en el Artículo 1 de la presente Resolución deberá ser afectado en la Estructura Funcional Programática de Certificación de Crédito Presupuestario (SIAF N° 410); según Informe N° 861‐2024‐MTC/20.4 de fecha 07.02.2024, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROVIAS NACIONAL.
Artículo 3.‐ AUTORIZAR a Logística para que realice las gestiones necesarias para la suscripción de las Adenda al Contrato N° 114‐2021‐MTC/20.2, en mérito a la aprobación efectuada en el artículo 1° de la presente resolución.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la empresa CHINA RAILWAY TUNNEL GROUP CO., LTD SUCURSAL DEL PERU a la Subdirección de Conservación, a Logística, para los fines que correspondan.