Resolución Directoral N.° 050-2024-MTC/20

D.S. 033-2002-MTC

18 de enero de 2024

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Ampliación de Plazo N° 26 al Contrato
N° 031-2022-MTC/20.2, por 06 días calendario, para la ejecución de la obra: Culminación de obra
del proyecto: Mejoramiento de la Carretera Rodríguez de Mendoza – Empalme PE- 5N (La
Calzada), Tramo: Selva Alegre Empalme PE-5N (La Calzada), suscrito con la empresa CHINA CIVIL
ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, manteniéndose la fecha de
término de obra al 02.12.2023, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2.- Precisar que lo resuelto en el Artículo 1 de la presente Resolución, no convalida
los desajustes, errores u omisiones de carácter técnico consignados en los Informes alcanzados
por la empresa CHINA CIVIL ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU y
por el CONSORCIO SUPERVISOR ALEGRE LA CALZADA, integrado por las empresas PYUNGHWA
ENGINEERING CONSULTANTS LTDA. SUCURSAL DEL PERU y GEOTECNIA Y MECANICA DE SUELOS
S.A.C., los cuales serán de su exclusiva responsabilidad.
Artículo 3.- Establecer que los aspectos técnicos concernientes a lo resuelto en el Artículo
1 de la presente Resolución, son de entera responsabilidad de la Dirección de Obras del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponda
a su competencia funcional, incluyendo a sus especialistas, quienes otorgaron la conformidad al
mencionado trámite.
Artículo 4.- Disponer que la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo
Disciplinario de la Oficina de Recursos Humanos del Proyecto Especial de Infraestructura de
Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL inicie las acciones necesarias a efectos de determinar
la responsabilidad de funcionarios y/o servidores a que hubiere lugar, de ser el caso, por el
incumplimiento del plazo establecido en el Memorándum Múltiple N° 069-2019-MTC/20,
modificado con Memorándum (M) N° 47-2022-MTC/20, precisado con Memorándum (M) N° 64-
2022-MTC/20, y reiterado con Memorándum Múltiple N° 022-2023-MTC/20 y con Memorándum
Múltiple N° 061-2023-MTC/20.3, para la tramitación de las ampliaciones de plazo.
Artículo 5.- Notificar la presente Resolución a la empresa CHINA CIVIL ENGINEERING
CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, al CONSORCIO SUPERVISOR ALEGRE LA
CALZADA, integrado por las empresas PYUNGHWA ENGINEERING CONSULTANTS LTDA.
SUCURSAL DEL PERU y GEOTECNIA Y MECANICA DE SUELOS S.A.C., y transcribirla a la Dirección
de Obras y a las Oficinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría
Jurídica, todas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS
NACIONAL, para los fines que correspondan.

Documentos

Vista preliminar de documento rd_050-2024

rd_050-2024

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Vista preliminar de documento CARGO_NOTI_ELECTRONICA - CN 037-2024 - RD 050-2024-MTC-20

CARGO_NOTI_ELECTRONICA - CN 037-2024 - RD 050-2024-MTC-20

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