Resolución Directoral N.° 044-2024_MTC/20
D.S. 033-2002-MTC
16 de enero de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Ampliación de Plazo N° 24 al Contrato
N° 031-2022-MTC/20.2, por 06 días calendario, para la ejecución de la obra: Culminación de obra
del proyecto: Mejoramiento de la Carretera Rodríguez de Mendoza – Empalme PE- 5N (La
Calzada), Tramo: Selva Alegre Empalme PE-5N (La Calzada), suscrito con la empresa CHINA CIVIL
ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, manteniéndose la fecha de
término de obra al 02.12.2023, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2.- Precisar que lo resuelto en el Artículo 1 de la presente Resolución, no convalida
los desajustes, errores u omisiones de carácter técnico consignados en los Informes alcanzados
por la empresa CHINA CIVIL ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU y
por el CONSORCIO SUPERVISOR ALEGRE LA CALZADA, integrado por las empresas PYUNGHWA
ENGINEERING CONSULTANTS LTDA. SUCURSAL DEL PERU y GEOTECNIA Y MECANICA DE SUELOS
S.A.C., los cuales serán de su exclusiva responsabilidad.
Artículo 3.- Establecer que los aspectos técnicos concernientes a lo resuelto en el Artículo
1 de la presente Resolución, son de entera responsabilidad de la Dirección de Obras del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponda
a su competencia funcional, incluyendo a sus especialistas, quienes otorgaron la conformidad al
mencionado trámite.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a la empresa CHINA CIVIL ENGINEERING
CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, al CONSORCIO SUPERVISOR ALEGRE LA
CALZADA, integrado por las empresas PYUNGHWA ENGINEERING CONSULTANTS LTDA.
SUCURSAL DEL PERU y GEOTECNIA Y MECANICA DE SUELOS S.A.C., y transcribirla a la Dirección
de Obras y a las Oficinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría
Jurídica, todas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS
NACIONAL, para los fines que correspondan.
Artículo 1.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Ampliación de Plazo N° 24 al Contrato
N° 031-2022-MTC/20.2, por 06 días calendario, para la ejecución de la obra: Culminación de obra
del proyecto: Mejoramiento de la Carretera Rodríguez de Mendoza – Empalme PE- 5N (La
Calzada), Tramo: Selva Alegre Empalme PE-5N (La Calzada), suscrito con la empresa CHINA CIVIL
ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, manteniéndose la fecha de
término de obra al 02.12.2023, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2.- Precisar que lo resuelto en el Artículo 1 de la presente Resolución, no convalida
los desajustes, errores u omisiones de carácter técnico consignados en los Informes alcanzados
por la empresa CHINA CIVIL ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU y
por el CONSORCIO SUPERVISOR ALEGRE LA CALZADA, integrado por las empresas PYUNGHWA
ENGINEERING CONSULTANTS LTDA. SUCURSAL DEL PERU y GEOTECNIA Y MECANICA DE SUELOS
S.A.C., los cuales serán de su exclusiva responsabilidad.
Artículo 3.- Establecer que los aspectos técnicos concernientes a lo resuelto en el Artículo
1 de la presente Resolución, son de entera responsabilidad de la Dirección de Obras del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponda
a su competencia funcional, incluyendo a sus especialistas, quienes otorgaron la conformidad al
mencionado trámite.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución a la empresa CHINA CIVIL ENGINEERING
CONSTRUCTION CORPORATION SUCURSAL DEL PERU, al CONSORCIO SUPERVISOR ALEGRE LA
CALZADA, integrado por las empresas PYUNGHWA ENGINEERING CONSULTANTS LTDA.
SUCURSAL DEL PERU y GEOTECNIA Y MECANICA DE SUELOS S.A.C., y transcribirla a la Dirección
de Obras y a las Oficinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría
Jurídica, todas del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS
NACIONAL, para los fines que correspondan.