Resolución Directoral N.° 1336-2023-MTC/20
033-2002-MTC
25 de octubre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conceder el beneficio de defensa legal a la señora NELLY VARGAS PASAPERA, servidora del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, de conformidad con el literal I) del artículo 35 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, modificada por los Decretos Legislativos Nros. 1337, 1410 y 1450, por cuanto ha sido comprendido en la demanda interpuesta por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sobre indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones laborales, seguida ante el Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima Este – Zona 03 – Santa Anita, Expediente 00343-2023-0-3208-JR-LA-01, por su actuación como Subgerente de la Unidad Gerencial de Estudios encargada de la Gerencia de la mencionada Unidad Gerencial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, acorde con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 1.- Conceder el beneficio de defensa legal a la señora NELLY VARGAS PASAPERA, servidora del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, de conformidad con el literal I) del artículo 35 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, modificada por los Decretos Legislativos Nros. 1337, 1410 y 1450, por cuanto ha sido comprendido en la demanda interpuesta por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sobre indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones laborales, seguida ante el Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima Este – Zona 03 – Santa Anita, Expediente 00343-2023-0-3208-JR-LA-01, por su actuación como Subgerente de la Unidad Gerencial de Estudios encargada de la Gerencia de la mencionada Unidad Gerencial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, acorde con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.