Resolución Jefatural N.° 0309-2023-MTC/20.2
12 de diciembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2020, a favor del Proveedor FREDY ADIMIR SOSA QUISPE, por el pago del primer entregable de la Orden de Servicio N° 00001084‐2020 del “Servicio de levantamiento topográfico y estacado de la franja del derecho de vía y la franja de construcción, en la variante Caracoto (PROG. 3+800 ‐ PROG. 5+400) y en la variante Paucarcolla (Prog. 24+200 ‐ Prog. 25+800) de la Obra: Construcción de la Autopista Puno ‐ Juliaca del Tramo 5: Matarani ‐ Arequipa ‐ Juliaca ‐ Azángaro/Ilo ‐ Moquegua ‐ Puno – Juliaca”, por un monto total de S/ 4,429.70
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, al área de Logística y al Proveedor FREDY ADIMIR SOSA QUISPE.
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2020, a favor del Proveedor FREDY ADIMIR SOSA QUISPE, por el pago del primer entregable de la Orden de Servicio N° 00001084‐2020 del “Servicio de levantamiento topográfico y estacado de la franja del derecho de vía y la franja de construcción, en la variante Caracoto (PROG. 3+800 ‐ PROG. 5+400) y en la variante Paucarcolla (Prog. 24+200 ‐ Prog. 25+800) de la Obra: Construcción de la Autopista Puno ‐ Juliaca del Tramo 5: Matarani ‐ Arequipa ‐ Juliaca ‐ Azángaro/Ilo ‐ Moquegua ‐ Puno – Juliaca”, por un monto total de S/ 4,429.70
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, al área de Logística y al Proveedor FREDY ADIMIR SOSA QUISPE.