Resolución Jefatural N.° 0308-2023-MTC/20.2
12 de diciembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2022 a favor del Proveedor TOLENTINO PEREZ JUAN CARLOS por el pago pendiente del segundo entregable Orden de Servicio N° 801‐2022 por el “Servicio para la ejecución de actividades necesarias con fines de suscripción y legalización de 69 formularios registrales para la adquisición de áreas necesarias para la ejecución de la obra Mejoramiento del Corredor Vial Apurímac‐Cusco”, por la suma de S/ 35,880.00 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos Ochenta con 00/100 Soles), debiéndose efectuar el deductivo por la suma de S/ 10,400.00 (Diez Mil Cuatrocientos con 00/100 soles) por veinte (20) formularios registrales que no fueron legalizados y debe aplicarse una penalidad por la suma de S/ 597.99 (Quinientos Noventa y Siete con 99/100 Soles) correspondiente a tres (03) días de retraso en la presentación del Único entregable; correspondiendo efectuar el reconocimiento de crédito devengado del Ejercicio Fiscal 2022
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, al área de Logística y al Proveedor TOLENTINO PEREZ JUAN CARLOS.
Artículo 1.‐ RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2022 a favor del Proveedor TOLENTINO PEREZ JUAN CARLOS por el pago pendiente del segundo entregable Orden de Servicio N° 801‐2022 por el “Servicio para la ejecución de actividades necesarias con fines de suscripción y legalización de 69 formularios registrales para la adquisición de áreas necesarias para la ejecución de la obra Mejoramiento del Corredor Vial Apurímac‐Cusco”, por la suma de S/ 35,880.00 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos Ochenta con 00/100 Soles), debiéndose efectuar el deductivo por la suma de S/ 10,400.00 (Diez Mil Cuatrocientos con 00/100 soles) por veinte (20) formularios registrales que no fueron legalizados y debe aplicarse una penalidad por la suma de S/ 597.99 (Quinientos Noventa y Siete con 99/100 Soles) correspondiente a tres (03) días de retraso en la presentación del Único entregable; correspondiendo efectuar el reconocimiento de crédito devengado del Ejercicio Fiscal 2022
Artículo 2.‐ AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.‐ ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.‐ NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, al área de Logística y al Proveedor TOLENTINO PEREZ JUAN CARLOS.