Resolución Jefatural N.° 0295-2023-MTC/20.2
4 de diciembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2020, a favor de la Locadora ROCIO CORAS CONTRERAS por la devolución del monto retenido en el Cheque N°16784000-8, en atención a la Resolución Coactiva N° 2430070153958 de SUNAT, respecto al octavo entregable del Contrato de Locación de Servicios N° 194-2019-MTC/20.22.4 “Servicio de implementación de monitoreo arqueológico en campo de la Carretera para la Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Mollepata – Pallasca” en el marco de lo dispuesto en Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192”, por un monto total de S/ 4,435.00 (Cuatro mil cuatrocientos treinta y cinco con 00/100 Soles)
Artículo 2.- AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.- ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.- NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, al área de Logística y a la Locadora ROCIO CORAS CONTRERAS
Artículo 1.- RECONOCER el crédito devengado del ejercicio fiscal 2020, a favor de la Locadora ROCIO CORAS CONTRERAS por la devolución del monto retenido en el Cheque N°16784000-8, en atención a la Resolución Coactiva N° 2430070153958 de SUNAT, respecto al octavo entregable del Contrato de Locación de Servicios N° 194-2019-MTC/20.22.4 “Servicio de implementación de monitoreo arqueológico en campo de la Carretera para la Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Mollepata – Pallasca” en el marco de lo dispuesto en Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192”, por un monto total de S/ 4,435.00 (Cuatro mil cuatrocientos treinta y cinco con 00/100 Soles)
Artículo 2.- AUTORIZAR el abono de la obligación pendiente de pago reconocida en el artículo precedente, previo compromiso y devengado con cargo al presupuesto institucional del presente ejercicio, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo 3.- ENCARGAR al área de Contabilidad y Finanzas, y al área de Tesorería, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Resolución, en coordinación con las instancias administrativas pertinentes.
Artículo 4.- NOTIFICAR copia de la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, al área de Logística y a la Locadora ROCIO CORAS CONTRERAS