Resolución Directoral N.° 1181-2023-MTC/20
033-2002-MTC
26 de setiembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Prestación Adicional de Obra “Por la Necesidad de Incorporación de Nuevos Tramos de Muros de Contención del Km.0+000 Al Km.10+000”, en el Contrato de Ejecución de Obra N° 124-2019-MTC/20.2, suscrito con el CONSORCIO ICC, integrado por las empresas IVC CONTRATISTAS GENERALES S.A., COMSA S.A. SUCURSAL EN PERÚ Y CASTILHO ENGENHARIA E EMPREENDIMENTOS S.A. SUCURSAL DEL PERÚ, para la ejecución de la Obra: «MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHUQUICARA – PUENTE QUIROZ – TAUCA – CABANA – HUANDOVAL – PALLASCA, TRAMO TAUCA - PALLASCA», el cual ha generado el Presupuesto Adicional de Obra N° 17, por la suma de S/ 3 902 508,52 incluido IGV, con precios referidos al mes de octubre de 2018, cuyo porcentaje de incidencia del 1.84% así como el Presupuesto Deductivo Vinculado N° 17, por la suma de S/ 19 749,02, incluido el IGV. con precios referidos al mes de octubre de 2018, cuyo porcentaje de incidencia del -0.01 %, resultando una incidencia especifica contractual del 1.83%, y una incidencia acumulada contractual del 7.72% del monto del contrato original, conforme a los Anexos Nos. 01, 02, 03 y 04 que forman parte integrante de la presente Resolución; debiendo el Contratista aumentar de forma proporcional la Garantía de Fiel Cumplimiento.
Artículo 1.- Aprobar la Prestación Adicional de Obra “Por la Necesidad de Incorporación de Nuevos Tramos de Muros de Contención del Km.0+000 Al Km.10+000”, en el Contrato de Ejecución de Obra N° 124-2019-MTC/20.2, suscrito con el CONSORCIO ICC, integrado por las empresas IVC CONTRATISTAS GENERALES S.A., COMSA S.A. SUCURSAL EN PERÚ Y CASTILHO ENGENHARIA E EMPREENDIMENTOS S.A. SUCURSAL DEL PERÚ, para la ejecución de la Obra: «MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHUQUICARA – PUENTE QUIROZ – TAUCA – CABANA – HUANDOVAL – PALLASCA, TRAMO TAUCA - PALLASCA», el cual ha generado el Presupuesto Adicional de Obra N° 17, por la suma de S/ 3 902 508,52 incluido IGV, con precios referidos al mes de octubre de 2018, cuyo porcentaje de incidencia del 1.84% así como el Presupuesto Deductivo Vinculado N° 17, por la suma de S/ 19 749,02, incluido el IGV. con precios referidos al mes de octubre de 2018, cuyo porcentaje de incidencia del -0.01 %, resultando una incidencia especifica contractual del 1.83%, y una incidencia acumulada contractual del 7.72% del monto del contrato original, conforme a los Anexos Nos. 01, 02, 03 y 04 que forman parte integrante de la presente Resolución; debiendo el Contratista aumentar de forma proporcional la Garantía de Fiel Cumplimiento.