Resolución Jefatural N.° 0269-2023-MTC/20.2
10 de noviembre de 2023
SE RESUELVE: Artículo 1.‐ APROBAR la prestación adicional N° 01, en el Contrato N° 94‐2023‐MTC/20.2, suscrito con el CONSORCIO HARZONE – KAYSUN, conformado por las empresas CHINA HARZONE INDUSTRY CORP., LTD y BEIJING KAYSUN TRADING CO., LTD, para la “ADQUISICIÓN DE ESTRUCTURAS DE PUENTES MODULARES”, por un monto ascendente a US $ 3,943,793.10 (Tres millones novecientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y tres con 10/100 Dólares Americanos), que representa una incidencia especifica de 24.99% al monto contractual, siendo esto necesario para alcanzar y garantizar la finalidad del contrato; de conformidad a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3.‐ AUTORIZAR a Logística para que realice las acciones necesarias para proceder con la formalización de la Prestación Adicional Nº 01, en mérito a la aprobación efectuada en el artículo 1° de la presente resolución.
Artículo 4°.‐ DISPONER que el Área de Logística requiera al CONSORCIO HARZONE – KAYSUN ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad con lo establecido por el numeral 157.3 del artículo 157 del Reglamento. Artículo 3.‐ Notificar la presente Resolución al contratista CONSORCIO HARZONE – KAYSUN, conformado por las empresas CHINA HARZONE INDUSTRY CORP., LTD y BEIJING KAYSUN TRADING CO., LTD., y remitir copia de la presente resolución a Logística y a la Dirección de Puentes, para su conocimiento y fines.
Artículo 5°.‐ DISPONER que Logística de la Oficina de Administración, publique la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE.
Artículo 3.‐ AUTORIZAR a Logística para que realice las acciones necesarias para proceder con la formalización de la Prestación Adicional Nº 01, en mérito a la aprobación efectuada en el artículo 1° de la presente resolución.
Artículo 4°.‐ DISPONER que el Área de Logística requiera al CONSORCIO HARZONE – KAYSUN ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad con lo establecido por el numeral 157.3 del artículo 157 del Reglamento. Artículo 3.‐ Notificar la presente Resolución al contratista CONSORCIO HARZONE – KAYSUN, conformado por las empresas CHINA HARZONE INDUSTRY CORP., LTD y BEIJING KAYSUN TRADING CO., LTD., y remitir copia de la presente resolución a Logística y a la Dirección de Puentes, para su conocimiento y fines.
Artículo 5°.‐ DISPONER que Logística de la Oficina de Administración, publique la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE.