Resolución Directoral N.° 1368 -2023-MTC/20
30 de octubre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el valor de la tasación y el pago de las mejoras y gastos de traslado encontrados a favor del poseedor del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Tocache – Juanjui, Tramo: Pizana – La Pólvora – Pizarrón – Perlamayo - Campanilla”, signado con código: PIZ-V-010, por el monto total a pagar de S/ 67 378,40, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución afectará a la Estructura Funcional Programática de la Certificación de Crédito Presupuestario adjunta en la Nota N° 04437, otorgada mediante Informe N° 5974-2023-MTC/20.4 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 3.- Disponer que, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente Resolución, la Dirección de Derecho de Vía, verifique la identidad del poseedor, gestione la suscripción del contrato de reconocimiento de mejoras y gastos de traslado y efectúe el pago del valor de la tasación, para lo cual legalizará la firma del poseedor, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el Artículo 1 de la presente Resolución, el poseedor desocupe y entregue el área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles, bajo el apercibimiento de iniciarse el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del inmueble materia de afectación, según lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley.
Artículo 5.- Establecer que los aspectos técnicos y legales concernientes a la aprobación a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, son de entera responsabilidad de la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponda a su competencia funcional, incluyendo a los profesionales y sus especialistas, que otorgaron la conformidad al mencionado trámite.
Artículo 6.- Establecer que para la evaluación de la documentación que obra en el expediente concernientes a la aprobación a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, resulta de aplicación el principio de presunción de veracidad regulado en el numeral 1.7 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Articulo 7.- El consultor a cargo de la elaboración del expediente que genera la aprobación de lo resuelto en el artículo 1 de la presente Resolución, es responsable administrativa, civil y penalmente por la información y/o documentación que pudiera ser inexacta o falsa, alcanzada para su tramitación a la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL.
Artículo 8.- Notificar la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, y transcribirla a las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica, y al Órgano de Control Institucional, todos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, para los fines correspondientes.
Artículo 1.- Aprobar el valor de la tasación y el pago de las mejoras y gastos de traslado encontrados a favor del poseedor del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Tocache – Juanjui, Tramo: Pizana – La Pólvora – Pizarrón – Perlamayo - Campanilla”, signado con código: PIZ-V-010, por el monto total a pagar de S/ 67 378,40, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución afectará a la Estructura Funcional Programática de la Certificación de Crédito Presupuestario adjunta en la Nota N° 04437, otorgada mediante Informe N° 5974-2023-MTC/20.4 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 3.- Disponer que, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente Resolución, la Dirección de Derecho de Vía, verifique la identidad del poseedor, gestione la suscripción del contrato de reconocimiento de mejoras y gastos de traslado y efectúe el pago del valor de la tasación, para lo cual legalizará la firma del poseedor, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el Artículo 1 de la presente Resolución, el poseedor desocupe y entregue el área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles, bajo el apercibimiento de iniciarse el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del inmueble materia de afectación, según lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley.
Artículo 5.- Establecer que los aspectos técnicos y legales concernientes a la aprobación a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, son de entera responsabilidad de la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponda a su competencia funcional, incluyendo a los profesionales y sus especialistas, que otorgaron la conformidad al mencionado trámite.
Artículo 6.- Establecer que para la evaluación de la documentación que obra en el expediente concernientes a la aprobación a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, resulta de aplicación el principio de presunción de veracidad regulado en el numeral 1.7 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Articulo 7.- El consultor a cargo de la elaboración del expediente que genera la aprobación de lo resuelto en el artículo 1 de la presente Resolución, es responsable administrativa, civil y penalmente por la información y/o documentación que pudiera ser inexacta o falsa, alcanzada para su tramitación a la Dirección de Derecho de Vía del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL.
Artículo 8.- Notificar la presente Resolución a la Dirección de Derecho de Vía, y transcribirla a las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica, y al Órgano de Control Institucional, todos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, para los fines correspondientes.