Resolución Jefatural N.° 036-2023-MTC/20.2

13 de marzo de 2023

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el acto de destrucción de siete (07) bienes del rubro Mobiliario en calidad de sobrantes, descritos en el Informe N° 020-2022-MTC/20.2.1.7.DAS, del Técnico en Control Patrimonial III; y referidos en el numeral 4.8 del Informe Técnico N° 060-2022- MTC/20.2.1.7 del Especialista en Patrimonio II, bienes ubicados en la Unidad Zonal Ucayali del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; cuyas
características se encuentran contenidas en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR al personal responsable del acto de destrucción mencionado en el artículo precedente, de acuerdo al siguiente detalle: CARLOS ALBERTO DAVILA RIVADENEYRA Jefe de la Unidad Zonal Ucayali Representante de la Unidad Zonal y actuará además en representación de la Oficina de Administración – Sede Central y de la Coordinación de Control Patrimonial.

ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el acto de destrucción de los bienes muebles a que hace referencia el artículo primero, se lleve a cabo el día 17 de marzo del 2023, a las 11:00 horas, en las instalaciones de la Unidad de Peaje Aguaytía (Carretera Federico Basadre km. 410+440 – km. 410+540, Caserío Miraflores S/N, Provincia de Padre Abad, Región Ucayali) de la Unidad Zonal Ucayali, bajo la modalidad de destrucción con maquinaria pesada (Cargador frontal), debiendo el
personal designado efectuar las tomas fotográficas antes y después del evento donde se deje constancia de lo ocurrido, y al final del proceso suscribir el acta correspondiente.

ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución al personal designado, a la Jefatura de Logística, a la Unidad Zonal Ucayali; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

ARTÍCULO CUARTO.- RECOMENDAR al Jefe de la Unidad Zonal Ucayali, se proceda con la disposición de los restos a través del servicio de recolección de residuos de la Municipalidad Provincial o Distrital de su jurisdicción, a efectos de proceder a la recolección de los bienes destruidos para ser trasladados al botadero municipal para su eliminación, de modo que no impacten al medio ambiente.

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N°0006-2022-EF/54.01.
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RJ Nº 36-2023-MTC20.2

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