Resolución Directoral N.° 1117 -2023-MTC/20

033-2002-MTC

14 de setiembre de 2023

SE RESUELVE:
Artículo 1.- RECTIFICAR el error material incurrido en el visto, parte considerativa y anexo de la Resolución Directoral N° 706-2023-MTC/20, en el sentido que donde dice “la consignación”, debe decir “el pago”.
Artículo 2.- RECTIFICAR el error material incurrido en los artículos 2 y 4 de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 706-2023-MTC/20, en los términos siguientes:
Dice:
Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, realice la consignación en el Banco de la Nación, por el monto del valor de la tasación indicada en el artículo precedente a favor del ocupante, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente Resolución Directoral.
Artículo 4.- Disponer que la Dirección de Derecho de Vía de Provías Nacional, notifique la presente Resolución al ocupante del bien inmueble afectado requiriéndoles la desocupación y entrega del área ocupada del inmueble en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles siguientes de realizada la consignación dispuesta en el artículo 2 de la presente Resolución Directoral, bajo apercibimiento que el Ejecutor Coactivo inicie el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del inmueble afectado, según lo previsto en quinto, sexto y séptimo párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley.
Debe decir:
Artículo 2.- Disponer que la Dirección de Derecho de Vía verifique la identidad del ocupante, gestione la suscripción del contrato de reconocimiento de mejoras y efectué el pago del valor de la tasación a favor del ocupante, para lo cual legalizara su firma, por el monto del valor de la tasación indicado en el artículo 1, en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente Resolución Directoral.
Artículo 4.- Disponer que, una vez realizado el pago a favor del ocupante, desocupe y entregue el área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra, en el plazomáximo de veinte (20) días hábiles, bajo el apercibimiento de iniciarse el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del inmueble materia de afectación, según lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley.
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