Resolución Jefatural N.° 065-2023-MTC/20.2
21 de abril de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APROBAR el acto de destrucción de tres (03) bienes muebles patrimoniales fueron dados de baja con la Resolución Jefatural de Administración N° 091-2021-MTC/20.2, bienes ubicados en la Unidad Arequipa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; cuyo detalle y descripción se encuentra contenido en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- DESIGNAR al acto personal responsable del acto de destrucción mencionado en el artículo precedente, de acuerdo al siguiente detalle: VILMA ANTONIETA DIAZ QUIÑONEZ, Administradora de la Unidad Zonal Arequipa, representante de la Unidad Zonal y actuará además en representación de la Oficina de Administración – Sede Central; y WILVER ISAIAS TALAVERA NUÑEZ, Técnico Administrativo - Abastecimiento, representante de la Unidad Zonal y actuará asimismo en representación de la Coordinación de Control Patrimonial – Sede Central.
ARTÍCULO 3.- DISPONER que el acto de destrucción de los bienes muebles a que hace referencia el artículo primero, se lleve a cabo el día 24 de abril del 2023, a las 10:00 horas, en las instalaciones del Campamento Chiguata (Ruta Pe 34C Km 33 Antigua Carretera Arequipa – Juliaca – Anexo Espíritu Santo), Distrito de Chiguata, Provincia y Región Arequipa, bajo la modalidad de destrucción con maquinaria pesada (Retroexcavadora), debiendo efectuar las tomas fotográficas
antes y después del evento donde se deje constancia de lo ocurrido, y al final del proceso suscribir el acta correspondiente.
ARTÍCULO 4.- NOTIFICAR la presente Resolución al personal designado, a la Jefatura de Logística, a la Unidad Zonal Arequipa; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 5.- RECOMENDAR al Jefe de la Unidad Zonal Arequipa, se proceda con la disposición de los restos a través del servicio de recolección de residuos de la Municipalidad Provincial o Distrital de su jurisdicción, a efectos de proceder a la recolección de los bienes destruidos para ser trasladados al botadero municipal para su eliminación, de modo que no impacten al medio ambiente.
ARTÍCULO 6.- DISPONER que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006-2022-EF/54.01.
ARTÍCULO 1.- APROBAR el acto de destrucción de tres (03) bienes muebles patrimoniales fueron dados de baja con la Resolución Jefatural de Administración N° 091-2021-MTC/20.2, bienes ubicados en la Unidad Arequipa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; cuyo detalle y descripción se encuentra contenido en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- DESIGNAR al acto personal responsable del acto de destrucción mencionado en el artículo precedente, de acuerdo al siguiente detalle: VILMA ANTONIETA DIAZ QUIÑONEZ, Administradora de la Unidad Zonal Arequipa, representante de la Unidad Zonal y actuará además en representación de la Oficina de Administración – Sede Central; y WILVER ISAIAS TALAVERA NUÑEZ, Técnico Administrativo - Abastecimiento, representante de la Unidad Zonal y actuará asimismo en representación de la Coordinación de Control Patrimonial – Sede Central.
ARTÍCULO 3.- DISPONER que el acto de destrucción de los bienes muebles a que hace referencia el artículo primero, se lleve a cabo el día 24 de abril del 2023, a las 10:00 horas, en las instalaciones del Campamento Chiguata (Ruta Pe 34C Km 33 Antigua Carretera Arequipa – Juliaca – Anexo Espíritu Santo), Distrito de Chiguata, Provincia y Región Arequipa, bajo la modalidad de destrucción con maquinaria pesada (Retroexcavadora), debiendo efectuar las tomas fotográficas
antes y después del evento donde se deje constancia de lo ocurrido, y al final del proceso suscribir el acta correspondiente.
ARTÍCULO 4.- NOTIFICAR la presente Resolución al personal designado, a la Jefatura de Logística, a la Unidad Zonal Arequipa; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 5.- RECOMENDAR al Jefe de la Unidad Zonal Arequipa, se proceda con la disposición de los restos a través del servicio de recolección de residuos de la Municipalidad Provincial o Distrital de su jurisdicción, a efectos de proceder a la recolección de los bienes destruidos para ser trasladados al botadero municipal para su eliminación, de modo que no impacten al medio ambiente.
ARTÍCULO 6.- DISPONER que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006-2022-EF/54.01.