Resolución Jefatural N.° 087-2023-MTC/20.2

17 de mayo de 2023

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- APROBAR el acto de destrucción de ochenta (80) bienes muebles patrimoniales fueron dados de baja con la Resolución Jefatural de Administración N° 244-2021- MTC/20.2 y Resolución Jefatural de Administración N° 104-2022-MTC/20.2, bienes ubicados en el Campamento Columbus de la Unidad Piura-Tumbes del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; cuyo detalle y descripción se encuentra contenido en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2.- DESIGNAR al personal responsable del acto de destrucción mencionado en el artículo precedente, de acuerdo al siguiente detalle: JAIRO DIEGO VIGO REYES, Jefe de la Unidad Zonal Piura-Tumbes; JORGE ESPINOZA RUESTA, Administrador de la Unidad Zonal Piura-Tumbes, representante de la Unidad Zonal y actuará además en representación de la Oficina de Administración – Sede Central; y RICHARD REYES CARRANZA, Asistente de Logística, representante
de la Unidad Zonal y actuará asimismo en representación de la Coordinación de Control Patrimonial – Sede Central.

ARTÍCULO 3.- DISPONER que el acto de destrucción de los bienes muebles a que hace referencia el artículo primero, se lleve a cabo el día 19 de mayo del 2023, a las 10:30 horas, en las instalaciones del Campamento Columbus, Carretera Panamericana Norte km 1030+500, Distrito y Provincia Sullana, Región Piura, bajo la modalidad de destrucción con maquinaria pesada (Cargador Frontal), debiendo efectuar las tomas fotográficas antes y después del evento donde se deje
constancia de lo ocurrido, y al final del proceso suscribir el acta correspondiente.

ARTÍCULO 4.- NOTIFICAR la presente Resolución al personal designado, a la Jefatura de Logística, a la Unidad Zonal Piura-Tumbes; así como al Órgano de Control Institucional, para los fines correspondientes de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

ARTÍCULO 5.- RECOMENDAR al Jefe de la Unidad Zonal Piura-Tumbes, proceda con la disposición de los restos a través del servicio de recolección de residuos de la Municipalidad Provincial o Distrital de su jurisdicción, a efectos de proceder a la recolección de los bienes destruidos para ser trasladados al botadero municipal para su eliminación, de modo que no impacten al medio ambiente.

ARTÍCULO 6.- DISPONER que la Jefatura de Logística, cumpla con el registro del número de la Resolución que aprobó el procedimiento de gestión mobiliaria, en el aplicativo Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, conforme a lo indicado en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, aprobada con la Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y su modificatoria aprobada con la Resolución Directoral N° 0006-2022-EF/54.01.
Vista preliminar de documento RJ Nº 087-2023-MTC20.2

RJ Nº 087-2023-MTC20.2

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