Resolución Directoral N.° 1065 -2023-MTC/20
033-2002-MTC
6 de setiembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Variación N° 28 correspondiente a la Prestación Adicional de Obra de las Obras Iniciales del Tramo 1 (OI-1) del Contrato de Obra N° 127-2018-MTC/20-Contrato Préstamo BID 3881/OC-PE, suscrito con la empresa China Railway 20 Bureau Group Corporation, para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento, conservación por niveles de servicio y operación del Corredor Vial: Huánuco – La Unión – Huallanca Dv. Antamina/Emp. PE-3N (Tingo Chico) – Nuevas Flores – Llata – Antamina”, que genera el Presupuesto Adicional de Obra N° 28, por la suma ascendente a S/ 6 946 436,43, incluido I.G.V., con una incidencia específica de 0.560%; así como la aprobación del Presupuesto Deductivo Vinculante N° 16, por el monto asciende a S/ 711 151.08, incluido I.G.V., con una incidencia específica de -0.057%; siendo la incidencia acumulada 9.735% respecto al monto total del Contrato Original, conforme a los Anexos Nos. 1, 2, 3, 4 y 5 que forman parte de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Artículo 1.- Aprobar la Variación N° 28 correspondiente a la Prestación Adicional de Obra de las Obras Iniciales del Tramo 1 (OI-1) del Contrato de Obra N° 127-2018-MTC/20-Contrato Préstamo BID 3881/OC-PE, suscrito con la empresa China Railway 20 Bureau Group Corporation, para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento, conservación por niveles de servicio y operación del Corredor Vial: Huánuco – La Unión – Huallanca Dv. Antamina/Emp. PE-3N (Tingo Chico) – Nuevas Flores – Llata – Antamina”, que genera el Presupuesto Adicional de Obra N° 28, por la suma ascendente a S/ 6 946 436,43, incluido I.G.V., con una incidencia específica de 0.560%; así como la aprobación del Presupuesto Deductivo Vinculante N° 16, por el monto asciende a S/ 711 151.08, incluido I.G.V., con una incidencia específica de -0.057%; siendo la incidencia acumulada 9.735% respecto al monto total del Contrato Original, conforme a los Anexos Nos. 1, 2, 3, 4 y 5 que forman parte de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acto administrativo.