Resolución Directoral N.° 1022 -2023-MTC/20
033-2002-MTC
24 de agosto de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Rectificar los errores materiales incurridos en el Anexo de la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, relacionado con el contenido del Expediente Técnico del ESTUDIO DEFINITIVO “CONSTRUCCIÓN DE 11 PUENTES DE CARRETERA EN LA RED VIAL NACIONAL, RUTA PE -1NR EN EL TRAMO TAMBOGRANDE-MORROPON-CHULUCANAS, DEPARTAMENTO DE PIURA”, en los volúmenes y folios que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2.- Precisar que lo resuelto en el Artículo 1 de la presente Resolución, no convalida los desajustes, errores u omisiones de carácter técnico consignados en los Informes alcanzados por el CONSORCIO PERUANO PUENTES PIURA, integrado por las empresas SERVICIO DE CONSULTORES ANDINOS SOCIEDAD ANÓNIMA - SERCONSULT S.A., JACK LÓPEZ INGENIEROS S.A.C. y NAYLAMP INGENIEROS S.A.C., los cuales serán de su exclusiva responsabilidad, en virtud del Contrato N° 098-2019-MTC/20.2 de fecha 04.09.2019 .
Artículo 3.- Establecer que los aspectos técnicos concernientes a la modificación del Anexo de la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, que aprueba el Artículo 1 de la presente Resolución, son de entera responsabilidad de la Dirección de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponda a competencia funcional, incluyendo a sus especialistas, quienes otorgaron conformidad al mencionado trámite.
Artículo 4.- Con excepción de lo dispuesto en el Artículo 1 del presente Resolutivo, la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, queda subsistente e inalterable en todo lo demás que contiene.
Artículo 5.- El original de los documentos que sustentan la rectificación del Anexo de la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, dispuesto en el Artículo 1 de la presente Resolución Directoral, permanecerá en custodia en el Archivo Central del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL.
Artículo 6.- Disponer una copia fedateada de la presente Resolución se anexe al expediente de la Resolución Directoral N° 431-2023-MTC/20 de fecha 19.04.2023 y Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023.
Artículo 7.- Notificar la presente Resolución Directoral al CONSORCIO PERUANO PUENTES PIURA, integrado por las empresas SERVICIO DE CONSULTORES ANDINOS SOCIEDAD ANÓNIMA - SERCONSULT S.A., JACK LÓPEZ INGENIEROS S.A.C. y NAYLAMP INGENIEROS S.A.C. y transcribirla a las Direcciones de Estudios, de Puentes, y a las Oficinas de Administración y de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL.
Artículo 1.- Rectificar los errores materiales incurridos en el Anexo de la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, relacionado con el contenido del Expediente Técnico del ESTUDIO DEFINITIVO “CONSTRUCCIÓN DE 11 PUENTES DE CARRETERA EN LA RED VIAL NACIONAL, RUTA PE -1NR EN EL TRAMO TAMBOGRANDE-MORROPON-CHULUCANAS, DEPARTAMENTO DE PIURA”, en los volúmenes y folios que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2.- Precisar que lo resuelto en el Artículo 1 de la presente Resolución, no convalida los desajustes, errores u omisiones de carácter técnico consignados en los Informes alcanzados por el CONSORCIO PERUANO PUENTES PIURA, integrado por las empresas SERVICIO DE CONSULTORES ANDINOS SOCIEDAD ANÓNIMA - SERCONSULT S.A., JACK LÓPEZ INGENIEROS S.A.C. y NAYLAMP INGENIEROS S.A.C., los cuales serán de su exclusiva responsabilidad, en virtud del Contrato N° 098-2019-MTC/20.2 de fecha 04.09.2019 .
Artículo 3.- Establecer que los aspectos técnicos concernientes a la modificación del Anexo de la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, que aprueba el Artículo 1 de la presente Resolución, son de entera responsabilidad de la Dirección de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en lo que corresponda a competencia funcional, incluyendo a sus especialistas, quienes otorgaron conformidad al mencionado trámite.
Artículo 4.- Con excepción de lo dispuesto en el Artículo 1 del presente Resolutivo, la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, queda subsistente e inalterable en todo lo demás que contiene.
Artículo 5.- El original de los documentos que sustentan la rectificación del Anexo de la Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023, dispuesto en el Artículo 1 de la presente Resolución Directoral, permanecerá en custodia en el Archivo Central del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL.
Artículo 6.- Disponer una copia fedateada de la presente Resolución se anexe al expediente de la Resolución Directoral N° 431-2023-MTC/20 de fecha 19.04.2023 y Resolución Directoral N° 837-2023-MTC/20 de fecha 17.07.2023.
Artículo 7.- Notificar la presente Resolución Directoral al CONSORCIO PERUANO PUENTES PIURA, integrado por las empresas SERVICIO DE CONSULTORES ANDINOS SOCIEDAD ANÓNIMA - SERCONSULT S.A., JACK LÓPEZ INGENIEROS S.A.C. y NAYLAMP INGENIEROS S.A.C. y transcribirla a las Direcciones de Estudios, de Puentes, y a las Oficinas de Administración y de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL.