Resolución Directoral N.° 814 -2023-MTC/20
033-2002-MTC
12 de julio de 2023
Artículo 1.- Declarar IMPROCEDENTE la Variación N° 26 de las Obras Iniciales del Tramo 1 (OI-T1) del Contrato de Obra N° 127-2018- MTC/20-Contrato Préstamo BID 3881/OC-PE, suscrito con la empresa CHINA RAILWAY 20 BUREAU GROUP CORPORATION, para la ejecución de la Obra: «MEJORAMIENTO, CONSERVACIÓN POR NIVELES DE SERVICIO Y OPERACIÓN DEL CORREDOR VIAL: HUÁNUCO - LA UNIÓN - HUALLANCA - DV. ANTAMINA / EMP. PE-3N (TINGO CHICO) – NUEVAS FLORES - LLATA - ANTAMINA», que comprende la Prestación Adicional de Obra N° 26 por “Variación de metrados por obras de arte Km. 27+100 al Km. 27+247, adecuación de trazo por torre de alta tensión del Km. 27+250 al Km. 27+600, adecuaciones de trazo en planta y perfil del sector Km. 38+610 al Km. 38+850, reposición del acceso Km. 49+490-Tramo I” y el Deductivo Vinculante N° 14: “Por la adecuación de trazo del Km. 27+250 al Km. 27+600, y adecuaciones de trazo en planta y perfil del sector Km. 38+610 al Km. 38+850-Tramo I”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.