PVN 012- Otorgamiento del beneficio de la Tarifa Diferenciada de Peaje a las persona s naturales y/o juridicas que prestan servicios de transporte de mercancias en rutas no mayores a 80 Km. de la longitud de la via

TUPA

1 de febrero de 2024

Descripción del Servicio:
Procedimiento administrativo, mediante el cual se emite una Resolución Subdoirectoral, donde se autoriza el otorgamiento de laTarifa Diferenciada de Peaje para las personas naturales y/o juridicas que prestan servicios de transporte de mercancias

Antes de iniciar el trámite, debes saber que: 
  • El presente procedimiento es aplicable en las Unidades de Peaje no concesionadas de la Red Vial Nacional, administradas por PROVIAS Nacional, cuya relación se encuentra en el siguiente enlace: http://gis.proviasnac.gob.pe/peajes/acerca/index.html 
  • Las tarifas convencionales son las mismas desde el año 2005 (S/7,50 por vehículo ligero y S/6,50 por cada eje para vehículos pesados), y en las Unidades de Peaje no concesionadas de la Red Vial Nacional se realiza el cobro en un solo sentido del tráfico. 
  • En ese sentido, las Tarifas Diferenciadas de Peaje, son tarifas reducidas en beneficio del usuario, en función a la distancia recorrida en la red vial nacional no concesionada. 
  • Antes de iniciar su trámite tenga en cuenta que los conceptos de vehículos ligeros y pesados se establecen en el DS N° 025-2008-MTC de acuerdo al siguiente detalle: 
      - Vehículo ligero: Peso bruto de 3,5 toneladas o menos 
      - Vehículo pesado: Peso bruto mayor a 3,5 toneladas 
  • Podrá realizar el pago por derecho a trámite de su solicitud en cualquier agencia del Banco de la Nación o a traves de la web pagalo.pe con el código 06592 
  • Para el presente procedimiento, el beneficio de la tarifa Diferenciada de Peaje para las personas naturales y/ o juridicas que prestan servicios de transportes de mercancias su vigencia sera de un (1) año 
  • La relación de vehículos que detalle en su solicitud, deberá corresponder solo a otorgamientos, más no a renovaciones.
Requisitos:
1.-
Solicitud dirigida a PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señalando con caracter de declaración jurada:
      a) Razon social y Registro Unico del Contrtibuyente (RUC) activo de la empresa 
      b) Nombres y apellidos completos del representante legal y/o apoderado de la empresa y numero delñ Documento Nacional de Identidad (DNI) 
      c) Nombre y apellidos completos de la persona natural solicitante y numero del documento nacional de identidad (DNI) 
      d) Dirección donde se le hara llegar las notificaciones correspondientes
      e) Correo electronico   
      f) Descripción detallada de la solicitud, incluyendo la relación de vehiculos y sus numeros de placa para obtener la Tarifa Diferenciada de Peaje
      g) El recorrido, incluyendo el origen y destino del trayecto a recorrer dentro de la red vial nacional
      h) indicar el dia de pago y el numero de operación de pago por derecho de tramie
2. Copia del Seguro Obligatorio de Accidentes de tramite (SOAT) o Certificado contra Accidentes de Transito (CAT) vigente , segun corresponda
3. Copia de la Constancia de autorización para prestar el servicio de transporte de mercancias en general emitida por la autoridad competente. En caso lo expida el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el administrado debe indicar en la solicitud el numero de autorización y fecha 

Puedes solicitarlo en línea:
Ingresa a la plataforma SIGO PVN(https://sigo.pvn.gob.pe/) Si optas por este canal, puedes realizar tu solicitud desde el lugar donde te encuentres, solo necesitas tener conexión a internet.

Documentos

Vista preliminar de documento PVN 012- Otorgamiento del beneficio de la Tarifa Diferenciada de Peaje a las persona s naturales y/o juridicas que prestan servicios de transporte de mercancias  en rutas no mayores a 80 Km. de la longitud de la via

PVN 012- Otorgamiento del beneficio de la Tarifa Diferenciada de Peaje a las persona s naturales y/o juridicas que prestan servicios de transporte de mercancias en rutas no mayores a 80 Km. de la longitud de la via

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