Resolución Jefatural N.° 000019-2020-UE-PE/J
Disponen que los requerimientos de bienes, servicios y obras sean remitidos directamente por las áreas usuarias a la Oficina de Administración.
30 de noviembre de 2020
Artículo 1.- Disponer que los requerimientos de bienes, servicios y obras sean remitidos directamente por las áreas usuarias a la Oficina de Administración, en consideración a la implementación de medidas de simplificación administrativa, quedando en consecuencia prohibidas todas aquellas prácticas administrativas contrarias a lo dispuesto a la presente Resolución. La contravención de lo dispuesto en la presente Resolución constituye falta grave, incurriéndose en la responsabilidad administrativa correspondiente, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar debido a la dilación en la tramitación de los requerimientos y el consiguiente perjuicio en el cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, así como en la satisfacción de necesidades de la ciudadanía.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Unidad Ejecutora 008 Proyectos
Especiales del Pliego 003 (UE 008 - PE) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Unidad Ejecutora 008 Proyectos
Especiales del Pliego 003 (UE 008 - PE) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.