Resolución Jefatural N.° 000116-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGEO
20 de setiembre de 2023
ARTÍCULO 1.- APROBAR la Prestación Adicional de Obra N° 01 (tramitado como prestación adicional de obra N° 03) del Contrato N° 228-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED, derivado de la Adjudicación Simplificada N° 24-2022-MINEDU/UE 108 derivada de la Licitación Pública N° 08-2022-MINEDU/UE 108-1, para la Contratación de la Ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la prestación del servicio educativo del nivel primaria, secundaria y EBA en la I.E. Juan Espinoza Medrano, distrito y provincia de Andahuaylas -Apurímac” del Proyecto de Inversión Pública: “Mejoramiento de la Prestación del Servicio Educativo del Nivel Primaria, Secundario y EBA en la I.E. Juan Espinoza Medrano, distrito y provincia de Andahuaylas – Apurímac”, con código único de inversiones N°2330464,
con código único de inversiones N°2330464, Etapa I – Primaria (Terreno 01)”; suscrito entre el PRONIED y la empresa PUMA ASOCIADOS S.R.L., cuyo presupuesto asciende al monto de S/ 101,950.70 (Ciento Un Mil Novecientos Cincuenta con 70/100 Soles), incluido el I.G.V., con deductivo vinculante N° 01 (tramitado como deductivo vinculante N° 02) por el monto de S/ 15,240.33 (Quince Mil Doscientos Cuarenta con 33/100 soles), cuyo monto representa una incidencia acumulada de 0.304% respecto del monto total del contrato original, porcentaje menor al quince (15%) del monto del contrato, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente resolución.
con código único de inversiones N°2330464, Etapa I – Primaria (Terreno 01)”; suscrito entre el PRONIED y la empresa PUMA ASOCIADOS S.R.L., cuyo presupuesto asciende al monto de S/ 101,950.70 (Ciento Un Mil Novecientos Cincuenta con 70/100 Soles), incluido el I.G.V., con deductivo vinculante N° 01 (tramitado como deductivo vinculante N° 02) por el monto de S/ 15,240.33 (Quince Mil Doscientos Cuarenta con 33/100 soles), cuyo monto representa una incidencia acumulada de 0.304% respecto del monto total del contrato original, porcentaje menor al quince (15%) del monto del contrato, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras (UGEO) 2023