Pronatel informa a empresas interesadas sobre convocatoria para la contratación del servicio para operación y mantenimiento de la Red Dorsal

Nota de prensa
JPG de asistentes al evento de la Red Dorsal
JPG de asistentes al evento de la Red Dorsal

7 de junio de 2023 - 3:53 p. m.

Las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones en general interesadas en la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (RDNFO) recibieron información del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel) sobre la convocatoria para la contratación del servicio para la operación, mantenimiento, prestación del servicio portador y facilidades complementarias de esta red.
 
A través del equipo técnico, integrado por especialistas de la Dirección de Ingeniería y Operaciones, de la Oficina de Asesoría Legal y de la Oficina de Administración, se brindó detalles del estado situacional de la Red Dorsal, así como información sobre las acciones para la contratación del servicio de portador y facilidades complementarias.
 
La Red Dorsal es parte del sistema interconectado de infraestructura nacional de telecomunicaciones, que une a 22 capitales de región y 180 capitales de provincia, y sumará también a las 7,360 localidades rurales beneficiarias de los 21 proyectos de banda ancha de Pronatel.
 
Además, cuenta con 322 nodos desplegados y 13,640 kilómetros de fibra óptica tendida, así como de dos (02) Centros de Operación de la Red (NOC, siglas en inglés) en Huachipa y Trujillo.
 
De otro lado, Pronatel señaló que, al mes de mayo, 139 entidades públicas se vienen conectando a la REDNACE- RDNFO, a través de una empresa que brinda servicios públicos de telecomunicaciones (operador). Algunas de estas son universidades, unidades de gestión educativa, institutos superiores pedagógico, instituciones educativas, centros de salud, institutos superiores tecnológicos, hospitales, entre otros.
 
Es preciso mencionar que, con Resolución Ministerial n° 689-2021-MTC/01, desde el 14 de enero de 2022, Pronatel se hizo cargo de la operación y mantenimiento de la RDNFO, y, con Decreto Legislativo n.° 1560, se amplió el plazo de la operación y mantenimiento provisional por tres (03) años, contados desde la culminación del plazo de operación provisional establecido en el artículo 58 del Decreto Legislativo n.° 1362.