Resolución de la Oficina de Administración N.° I000040-2024-MTC/24-OA
22 de noviembre de 2024
Artículo 1.- RECTIFICAR el error material contenido en el Visto y en el Artículo 1 de la parte resolutiva de la Resolución de la Oficina de Administración N° I00005-2024-MTC/24-OA, de fecha 14 de octubre de 2024, de la siguiente manera:
DICE:
VISTO (S):
El Informe N°I0000001-2024-MTC/24-OA-CGA de la Coordinación de Gestión de Abastecimiento de la Oficina de Administración, y el Informe N° 000012-2024-MTC/24.06 de la Oficina de Asesoría Legal.
DEBE DECIR:
VISTO (S):
El Informe N° I0000001-2024-MTC/24-OA-CGA de la Coordinación de Gestión de Abastecimiento de la Oficina de Administración, y el Informe Legal N° I000012-2024-MTC/24-OAL de la Oficina de Asesoría Legal.
DICE:
Artículo 1.- Aprobar la Décima Primera Modificación del Plan Anual de Contrataciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, para el año fiscal 2024, a fin de INCLUIR Tres (03) convenios solicitados por el Coordinador del Proyecto 911, con numero de referencia 27,28 y 29, conforme se detalla en el Anexo N° 01, que se adjunta y forma parte integrante de la presente resolución.
DEBE DECIR:
Artículo 1.- Aprobar la Décima Segunda Modificación del Plan Anual de Contrataciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, para el año fiscal 2024, a fin de INCLUIR Tres (03) convenios solicitados por el Coordinador del Proyecto 911, con numero de referencia 27,28 y 29, conforme se detalla en el Anexo N° 01, que se adjunta y forma parte integrante de la presente resolución.
DICE:
Que, el numeral 15.1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Plan Anual de Contrataciones debe prever las contrataciones de Bienes, Servicios y Obras cubiertas con el presupuesto institucional de Apertura, con independencia de que se sujeten al ámbito de aplicación de la presente norma o no y de la fuente de financiamiento.
DEBE DECIR:
Que, el numeral 15.2 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Contenido del Plan Anual de Contrataciones: El Plan Anual deContrataciones que se apruebe debe prever las contrataciones de bienes, servicios y obras cubiertas con el Presupuesto Institucional de Apertura, con independencia de que se sujeten al ámbito de aplicación de la presente norma o no, y de la fuente de financiamiento.
DICE:
VISTO (S):
El Informe N°I0000001-2024-MTC/24-OA-CGA de la Coordinación de Gestión de Abastecimiento de la Oficina de Administración, y el Informe N° 000012-2024-MTC/24.06 de la Oficina de Asesoría Legal.
DEBE DECIR:
VISTO (S):
El Informe N° I0000001-2024-MTC/24-OA-CGA de la Coordinación de Gestión de Abastecimiento de la Oficina de Administración, y el Informe Legal N° I000012-2024-MTC/24-OAL de la Oficina de Asesoría Legal.
DICE:
Artículo 1.- Aprobar la Décima Primera Modificación del Plan Anual de Contrataciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, para el año fiscal 2024, a fin de INCLUIR Tres (03) convenios solicitados por el Coordinador del Proyecto 911, con numero de referencia 27,28 y 29, conforme se detalla en el Anexo N° 01, que se adjunta y forma parte integrante de la presente resolución.
DEBE DECIR:
Artículo 1.- Aprobar la Décima Segunda Modificación del Plan Anual de Contrataciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, para el año fiscal 2024, a fin de INCLUIR Tres (03) convenios solicitados por el Coordinador del Proyecto 911, con numero de referencia 27,28 y 29, conforme se detalla en el Anexo N° 01, que se adjunta y forma parte integrante de la presente resolución.
DICE:
Que, el numeral 15.1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Plan Anual de Contrataciones debe prever las contrataciones de Bienes, Servicios y Obras cubiertas con el presupuesto institucional de Apertura, con independencia de que se sujeten al ámbito de aplicación de la presente norma o no y de la fuente de financiamiento.
DEBE DECIR:
Que, el numeral 15.2 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Contenido del Plan Anual de Contrataciones: El Plan Anual deContrataciones que se apruebe debe prever las contrataciones de bienes, servicios y obras cubiertas con el Presupuesto Institucional de Apertura, con independencia de que se sujeten al ámbito de aplicación de la presente norma o no, y de la fuente de financiamiento.