Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 053-2021-MTC/24
7 de abril de 2021
Articulo 1.- DECLARAR improcedente la solicitud de ampliación de plazo
presentada por la empresa la empresa TELEFONICA DEL PERÚ S.A.A., respecto al
Contrato N° 010-2020-MTC/24, por no haber observado el procedimiento establecido en el
numero 158.2 del artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Por lo que, no corresponde ampliar el
plazo de ejecución, para la instalación e implementación de la línea dedicada e internet
referido al "Servicio de Línea dedicada e internet para el Programa Nacional de
Telecomunicaciones - PRONATEL".
presentada por la empresa la empresa TELEFONICA DEL PERÚ S.A.A., respecto al
Contrato N° 010-2020-MTC/24, por no haber observado el procedimiento establecido en el
numero 158.2 del artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Por lo que, no corresponde ampliar el
plazo de ejecución, para la instalación e implementación de la línea dedicada e internet
referido al "Servicio de Línea dedicada e internet para el Programa Nacional de
Telecomunicaciones - PRONATEL".