Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 192-2025-PRONACEJ/DE
17 de octubre de 2025
Artículo 1.- Declarar fundado en parte el recurso de apelación presentado por INVERSIONES CENTRO NCP E.I.R.L, respecto a la primera pretensión presentada por el impugnante, y en consecuencia, revocar el otorgamiento de la buena pro del procedimiento de selección Subasta Inversa Electrónica N.º 04-2025-JUS/PRONACEJ-1“Suministro de alimentos (frutas y verduras) con ficha técnica para el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación el Tambo - Huancayo, por el periodo de 12 meses”, a favor de INVERSIONES GUCHA E.I.R.L.; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución; desestimando la segunda pretensión del apelante relacionada al otorgamiento de la buena pro a su favor, debido a que la oferta de este último supera la cuantía, siendo de observancia el procedimiento previsto en el numeral 132.1 del artículo 132 del Reglamento de la Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
Artículo 2.- Disponer la devolución de la garantía por interposición del recurso de apelación contra el procedimiento de selección Subasta Inversa Electrónica N.º 04-2025-JUS/PRONACEJ-1“Suministro de alimentos (frutas y verduras) con ficha técnica para el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación el Tambo - Huancayo, por el periodo de 12 meses”, a favor de la empresa INVERSIONES CENTRO NCP E.I.R.L
Artículo 2.- Disponer la devolución de la garantía por interposición del recurso de apelación contra el procedimiento de selección Subasta Inversa Electrónica N.º 04-2025-JUS/PRONACEJ-1“Suministro de alimentos (frutas y verduras) con ficha técnica para el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación el Tambo - Huancayo, por el periodo de 12 meses”, a favor de la empresa INVERSIONES CENTRO NCP E.I.R.L