Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 130-2025-PRONACEJ/DE
1 de julio de 2025
Artículo 1.- Crear el Servicio de Orientación al Adolescente Tacna del Programa Nacional de Centros Juveniles.
Artículo 2.- Cumplir con informar al Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sobre la creación del Servicio de Orientación al Adolescente Tacna del Programa Nacional de Centros Juveniles, previsto en el artículo precedente; en atención a lo dispuesto en el literal n) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado por Resolución Ministerial N.° 0185-2025-JUS.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa No Privativa de Libertad, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad de Administración y la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa Nacional de Centros Juveniles, a fin de adoptar las medidas administrativas de implementación para la creación del Servicio de Orientación al Adolescente Tacna del Programa Nacional de Centros Juveniles, dispuesta en el artículo 1 de la presente resolución, en el marco de sus competencias, a fin de viabilizar en forma inmediata su ejecución y cumplimiento.
Artículo 4.- Encargar a la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa No Privativa de Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles, la supervisión, el monitoreo y el acompañamiento técnico a la gestión del Servicio de Orientación al Adolescente Tacna del Programa Nacional de Centros Juveniles; así como, promover y coordinar su mejoramiento continuo de los procesos relacionado a la ejecución de las medidas socioeducativas no privativas de libertad y medidas accesorias.
Artículo 2.- Cumplir con informar al Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sobre la creación del Servicio de Orientación al Adolescente Tacna del Programa Nacional de Centros Juveniles, previsto en el artículo precedente; en atención a lo dispuesto en el literal n) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado por Resolución Ministerial N.° 0185-2025-JUS.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa No Privativa de Libertad, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad de Administración y la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa Nacional de Centros Juveniles, a fin de adoptar las medidas administrativas de implementación para la creación del Servicio de Orientación al Adolescente Tacna del Programa Nacional de Centros Juveniles, dispuesta en el artículo 1 de la presente resolución, en el marco de sus competencias, a fin de viabilizar en forma inmediata su ejecución y cumplimiento.
Artículo 4.- Encargar a la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa No Privativa de Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles, la supervisión, el monitoreo y el acompañamiento técnico a la gestión del Servicio de Orientación al Adolescente Tacna del Programa Nacional de Centros Juveniles; así como, promover y coordinar su mejoramiento continuo de los procesos relacionado a la ejecución de las medidas socioeducativas no privativas de libertad y medidas accesorias.