Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 244-2023-JUS/PRONACEJ

25 de octubre de 2023

 Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo
Créase el grupo de trabajo de naturaleza temporal para la gestión de riesgos que afectan la integridad pública en el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ) 2023, para la identificación, evaluación y tratamiento de los riesgos de corrupción y de inconducta funcional en el PRONACEJ 2023
 Artículo 2.- Objeto
El Grupo de Trabajo tiene por objeto la identificación de riesgos que afectan la integridad pública en el PRONACEJ; así como, la evaluación y tratamiento de los riesgos identificados, y establecer las medidas de prevención o de mitigación que se deben incorporar al Plan de Acción Anual - Sección Medidas de Control, en el marco de la implementación del Sistema de Control Interno (SCI).
 Artículo 3.- Integrantes
El Grupo de Trabajo está conformado según los roles establecidos en la citada guía, por los siguientes integrantes:
 a) El/la coordinador/a de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, en su rol conductor, quien lo preside.
b) El/la jefe/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su rol técnico y consultivo, integra dicho grupo de trabajo.
c) El/la jefe/a de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación, en su rol técnico, integra dicho grupo de trabajo.
d) El/la jefe/a de la Unidad de Gestión de Seguridad Integral de los Centros Juveniles, en su rol técnico, integra dicho grupo de trabajo.
e) El/la jefe/a de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa No Privativa de Libertad, en su rol técnico, integra dicho grupo de trabajo.
f) El/la jefe/a de la Unidad de Asistencia Técnica Post Egreso, Seguimiento y Evaluación de Resultados de Reinserción Social e Intervención, en su rol técnico, integra dicho grupo de trabajo.
g) El/la jefe/a de la Unidad de Administración, en su rol técnico, integra dicho grupo de trabajo.
h) El/la jefe/a de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, en su rol técnico, integra dicho grupo de trabajo.
i) El/la jefe/a de la Subunidad de Abastecimiento, en su rol técnico, integra dicho grupo de trabajo.
j) El/la jefe/a de la Unidad de Asesoría Jurídica, en su rol consultivo, integra dicho grupo de trabajo.
k) El/la Secretario/a Técnico/a del Procedimiento Administrativo Disciplinario, en su rol consultivo, integra dicho grupo de trabajo.

Artículo 4.- Funciones
El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:
En cuanto a la unidad que ejerce el rol conductor:
- Organizar y dirigir la gestión de riesgos que afectan la integridad pública, en coordinación con la máxima autoridad administrativa.
- Acompañar y brindar orientación a los servidores con rol técnico a lo largo de todo el proceso.
- Organizar la participación de los servidores con rol consultivo, según se estime pertinente.
- Verificar la correcta formulación (redacción) del riesgo.
- Determinar el tipo de riesgo (riesgo de inconducta funcional o riesgo de corrupción) sobre la base de los riesgos formulados por los servidores con rol técnico y convocar a los servidores con rol consultivo que corresponda para su validación.
- Validar la evaluación de los riesgos que afectan la integridad pública efectuada por los servidores con rol técnico y, de ser el caso, convocar a los servidores con rol consultivo que corresponda, según sus competencias y experiencia, para contar con elementos de análisis que permitan dicha validación.
- Validar la pertinencia y factibilidad de las medidas de prevención y de mitigación propuestas por los servidores con rol técnico.

 En cuanto a las unidades con rol técnico:
- Coordinar permanentemente con el responsable del órgano que ejerce la función de integridad en todas las etapas de la gestión de riesgos que afectan la integridad pública.
- Identificar y formular los riesgos que afectan la integridad pública en los procesos bajo responsabilidad de su unidad orgánica, comunicándolos al responsable del órgano que ejerce la función de integridad.
- Efectuar el análisis de las causas y posibles efectos de los riesgos identificados.
- Valorar la probabilidad e impacto de los riesgos identificados, comunicando los resultados de dicha valoración al responsable del órgano que ejerce la función de integridad.
- Proponer las medidas de prevención y de mitigación correspondientes, comunicando la propuesta al órgano que ejerce la función de integridad.
- Efectuar el seguimiento a la ejecución de las medidas de prevención y de mitigación aprobadas por la entidad e informar sobre su implementación al órgano que ejerce la función de integridad y a otras instancias competentes.
 En cuanto a las unidades con rol técnico:
- Coordinar permanentemente con el responsable del órgano que ejerce la función de integridad en todas las etapas de la gestión de riesgos que afectan la integridad pública.
- Identificar y formular los riesgos que afectan la integridad pública en los procesos bajo responsabilidad de su unidad orgánica, comunicándolos al responsable del órgano que ejerce la función de integridad.
- Efectuar el análisis de las causas y posibles efectos de los riesgos identificados.
- Valorar la probabilidad e impacto de los riesgos identificados, comunicando los resultados de dicha valoración al responsable del órgano que ejerce la función de integridad.
- Proponer las medidas de prevención y de mitigación correspondientes, comunicando la propuesta al órgano que ejerce la función de integridad.
- Efectuar el seguimiento a la ejecución de las medidas de prevención y de mitigación aprobadas por la entidad e informar sobre su implementación al órgano que ejerce la función de integridad y a otras instancias competentes.

 Artículo 5.- Designación de representantes
Los/las representantes titulares señalados en el artículo 3, designan a sus representantes alternos mediante documento escrito dirigido a la Unidad Funcional de Integridad Institucional, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva.

 Artículo 6.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Unidad Funcional de Integridad Institucional quien asume la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo; siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere; así como, de emitir el informe final a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles sobre los resultados del Grupo de Trabajo.

 Artículo 7.- Financiamiento
El funcionamiento del Grupo de Trabajo se financia con cargo al presupuesto institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 8.- Instalación
El Grupo de Trabajo se instala en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva.

Artículo 9.- Período de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2023 desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 10.- Informe final
Vencido el período de vigencia, la unidad funcional que preside el Grupo de Trabajo, dispone de quince (15) días hábiles para presentar su informe final a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles. 

Documentos

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