Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 043-2022-JUS/PRONACEJ
1 de marzo de 2022
Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha como Fedatarios del Programa Nacional de Centros Juveniles, por un periodo de dos (2) años, en adición a sus funciones.
Artículo 2.- Las personas señaladas en el artículo precedente, cumplirán su labor conforme a lo dispuesto en el artículo 138 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- Los fedatarios designados en el artículo 1 de la presente Resolución quedan obligados a Ilevar un registro de los actos de autenticación y certificación que realicen en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 2.- Las personas señaladas en el artículo precedente, cumplirán su labor conforme a lo dispuesto en el artículo 138 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- Los fedatarios designados en el artículo 1 de la presente Resolución quedan obligados a Ilevar un registro de los actos de autenticación y certificación que realicen en el ejercicio de sus funciones.