Resolución Jefatural N.° 130-2020-JUS/PRONACEJ-UA

9 de octubre de 2020

Denegar el reconocimiento de deuda por el Contrato de Suministros de alimentos sin ficha técnica para el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Trujillo N° 048-2020-P-CSJLL-PJ y por la prestación ejecutada con posterioridad a la culminación del referido contrato, por los montos ascendentes a S/. 5,967.32 ( Cinco mil novecientos sesenta y siete con 32/100) y S/. 7.903.55 (Siete mil novecientos tres con 65/100) respectivamente, solicitado por la empresa de Alimentos y Carnes S.A.C, funciones expuestos en la presente resolución.
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