Donación de treinta y siete (37) bienes muebles dados de baja por la causal de falta de idoneidad del bien y seis (06) bienes en calidad de sobrantes, ubicados en el SOA RIMAC
Aviso de sinceramiento
8 de mayo de 2023
DONACIÓN DE TREINTA Y SIETE (37) BIENES MUEBLES DADOS DE BAJA POR LA CAUSAL DE FALTA DE IDONEIDAD DEL BIEN Y SEIS (06) BIENES EN CALIDAD DE SOBRANTES, UBICADOS EN EL SOA RIMAC
A. BASE LEGAL
La Directiva N° 006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” aprobada mediante Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01, de fecha 26 de diciembre de 2021, y modificada con la Resolución Directoral Nº 0006-2022-EF/54.01, de
fecha 22 de diciembre de 2022,
B. OBJETO
El PRONACEJ con la finalidad de continuar con el procedimiento de disposición final y la transparencia en las gestiones que nos caracteriza, cumple con publicar la Resolución Jefatural N° 0031-2023-JUS/PRONACEJ-UA, que aprobó la baja treinta y siete (37) bienes muebles patrimoniales por la causal de falta de idoneidad
del bien y la inclusión de seis (06) bienes sobrantes.
C. BASE LEGAL
Vigencia de la publicación: Del 05.05.2023 al 11.05.2023
Recepción de solicitudes: Del 05.05.2023 al 11.05.2023
Absolución de consultas:patrimonio01@pronacej.gob.pe
D. UBICACIÓN DE LOS BIENES
En el Servicio de Orientación al Adolescente RIMAC, sito en CALLE REFORMA N°187, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima,
E. ALCANCE Y DOCUMENTOS A PRESENTAR
El solicitante a ser beneficiario de los bienes para su disposición final, debe ser una persona jurídica sin fines de lucro o institución religiosa que presente primero su solicitud de donación cumpliendo los siguientes requisitos:
✓ Señalar los nombres y apellidos completos, domicilio y número de documento de identidad del representante legal, para lo cual adjunta copia de certificado de vigencia de poder emitido por la SUNARP, con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario, a la fecha de presentación de la solicitud.
✓ Copia del documento nacional de identidad.
✓ Sustentar y justificar la necesidad de los bienes muebles patrimoniales cuya donación se solicita y el beneficio que reporta al desarrollo social.
✓ Copia de documentación que acredite su existencia y el nombramiento de sus representantes de corresponder.
F. RECEPCION DE SOLICITUDES
Es de manera física o virtual, a través del correo electrónicotramite@pronacej.gob.peo Mesa de Partes del PRONACEJ, ubicado en Jirón Pedro Conde N° 232, Urbanización Lobatón, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima.
G. ANEXO
Se adjunta la Resolución Jefatural N° 0031-2023-JUS/PRONACEJ-UA, que contiene la relación de los treinta y siete (37) bienes muebles patrimoniales dados de baja por la causal de falta de idoneidad del bien y seis (06) bienes muebles sobrantes
A. BASE LEGAL
La Directiva N° 006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” aprobada mediante Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01, de fecha 26 de diciembre de 2021, y modificada con la Resolución Directoral Nº 0006-2022-EF/54.01, de
fecha 22 de diciembre de 2022,
B. OBJETO
El PRONACEJ con la finalidad de continuar con el procedimiento de disposición final y la transparencia en las gestiones que nos caracteriza, cumple con publicar la Resolución Jefatural N° 0031-2023-JUS/PRONACEJ-UA, que aprobó la baja treinta y siete (37) bienes muebles patrimoniales por la causal de falta de idoneidad
del bien y la inclusión de seis (06) bienes sobrantes.
C. BASE LEGAL
Vigencia de la publicación: Del 05.05.2023 al 11.05.2023
Recepción de solicitudes: Del 05.05.2023 al 11.05.2023
Absolución de consultas:patrimonio01@pronacej.gob.pe
D. UBICACIÓN DE LOS BIENES
En el Servicio de Orientación al Adolescente RIMAC, sito en CALLE REFORMA N°187, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima,
E. ALCANCE Y DOCUMENTOS A PRESENTAR
El solicitante a ser beneficiario de los bienes para su disposición final, debe ser una persona jurídica sin fines de lucro o institución religiosa que presente primero su solicitud de donación cumpliendo los siguientes requisitos:
✓ Señalar los nombres y apellidos completos, domicilio y número de documento de identidad del representante legal, para lo cual adjunta copia de certificado de vigencia de poder emitido por la SUNARP, con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario, a la fecha de presentación de la solicitud.
✓ Copia del documento nacional de identidad.
✓ Sustentar y justificar la necesidad de los bienes muebles patrimoniales cuya donación se solicita y el beneficio que reporta al desarrollo social.
✓ Copia de documentación que acredite su existencia y el nombramiento de sus representantes de corresponder.
F. RECEPCION DE SOLICITUDES
Es de manera física o virtual, a través del correo electrónicotramite@pronacej.gob.peo Mesa de Partes del PRONACEJ, ubicado en Jirón Pedro Conde N° 232, Urbanización Lobatón, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima.
G. ANEXO
Se adjunta la Resolución Jefatural N° 0031-2023-JUS/PRONACEJ-UA, que contiene la relación de los treinta y siete (37) bienes muebles patrimoniales dados de baja por la causal de falta de idoneidad del bien y seis (06) bienes muebles sobrantes