Resolución Directoral Ejecutiva N.° 107-2024-MINEDU-VMGI-PRONABEC

4 de setiembre de 2024

Imponer al servidor L.F. B. M., Analista Legal I de Convenios de la Subdirección de Seguimiento y Supervisión, la sanción de destitución, por ausentarse injustificadamente por un total de 69 días laborables, al no haber asistido a laborar a la entidad en el periodo que abarca desde el 22 de enero hasta el 22 de mayo de 2024 (22 al 24, 26 y del 29 al 31 de enero de 2024; 02, 05 al 07, 09, 12 al 14, 16, 19 al 21, 23 y 26 al 28 de febrero de 2024; 01, 04 al 06, 08, 11 al 13, 15, 18 al 20, 22 y 25 al 27 de marzo de 2024; 01 al 03, 05, 08 al 10, 12, 15 al 17, 19, 22 al 24, 26, 29 y 30 de abril de 2024; así como 03, 06 al 08, 10, 13 al 15, 17 y 20 al 22 de mayo de 2024), vulnerando la prohibición prevista en el literal h) del artículo 43 del Reglamento Interno del Servidor Civil del Pronabec - RISC, aprobado con la Resolución Directoral Ejecutiva N° 273-2019-MINEDU/VMGIPRONABEC, referida a “(…) ausentarse de su puesto de trabajo sin la debida autorización del/de la jefe/a inmediato/a y sin observar las normas del presente Reglamento (...)”; incurriendo en la falta de carácter disciplinario prevista en el literal j) del artículo 85º de la Ley Nº 30057 referida a “Las ausencias injustificadas por más de tres (3) días consecutivos o por más de cinco (5) días no consecutivos en un período de treinta (30) días calendario…”, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Ejecutivas - Año 2024

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RDE N° 107-2024-MINEDU-VMGI-PRONABEC

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