Resolución Directoral Ejecutiva N.° 286-2020-MINEDU-VMGI-PRONABEC

11 de junio de 2019

Imponer la sanción de destitución al señor S. E. D. C. S. por haber incurrido en la falta grave prevista en el literal q) del artículo 85 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, al haber infringido los principios de Probidad, Veracidad y el Deber de Transparencia tipificados en los numerales 2 y 5 del artículo 6 y numeral 2 del artículo 7 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, respectivamente, de conformidad con los hechos descritos y analizados en la parte considerativa de la presente resolución. Asimismo, informar al señor S. E. D. C. S. que se encuentra facultado para interponer recurso de reconsideración o apelación dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución. De interponerse recurso de reconsideración este será resuelto por la Dirección Ejecutiva del PRONABEC, mientras que el recurso de apelación será resuelto por el Tribunal de Servicio Civil, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y el 117 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales Ejecutivas - Año 2020

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