Resolución de Secretaría General N.° 085-2025

21 de abril de 2025

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución de la Secretaría General Nº 209-2023, estableciendo a partir de la emisión de la presente, que el Comité de Gestión por Procesos de PROINVERSIÓN, queda conformado de la manera siguiente:
El/la Secretario/a General o su representante, quien lo preside.
El/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o su representante, como coordinador/a técnico/a, responsable de presentar propuestas para la adecuada implementación de Gestión por Procesos en la entidad.
El/la Director/a de Línea de la Dirección de Portafolio de Proyectos, o su representante.
El/la Director/a de Línea de la Dirección de Especial de Proyectos, o su representante.
El/la Director/a de Línea de la Dirección de Servicios al Inversionista, o su representante.
El/la Director/a de Línea de la Dirección de Inversiones Descentralizadas, o su representante.
El/la Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica, o su representante.
El/la Jefe/a de la Oficina de Administración, o su representante.
El/la Jefe/a de la Oficina de Integridad y Transparencia, o su representante.
El/la Jefe/a de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, o su representante.

Artículo 2.- Modificar el artículo 3 de la Resolución de la Secretaría General Nº 209-2023, de acuerdo con el siguiente tenor: “Artículo 3.- Las funciones del Comité de Gestión por Procesos de PROINVERSIÓN se establecerán en la Metodología para la Implementación de la Gestión por Procesos de PROINVERSIÓN, que se aprobará en cumplimiento de la Norma Técnica N° 002-2025-PCM/SGP, Norma Técnica para la Gestión por Procesos en las entidades de la Administración Pública”
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RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL N° 085-2025

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