Resolución de Secretaría General N.° 205-2024
21 de noviembre de 2024
Artículo 1.- Modificar por delegación el numeral 10.2 del artículo 10 de la Directiva N° 005-2018-PROINVERSIÓN, “Solicitud, otorgamiento y rendición de cuentas de viajes por comisión de servicios al interior y exterior del país”, aprobada por Resolución de la Secretaría General N° 090-2018, cuyo numeral quedará redactado con el tenor siguiente:
“10.2 La Rendición de Cuentas se efectuará utilizando el Anexo 3 “Rendición de Cuentas” y 4 “Declaración Jurada”, adjuntando a los mismos el Informe de Actividades (Anexo 6) que da cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como ocurrencias e imprevistos sucedidos durante la Comisión de Servicios asignada. Estos documentos deberán estar debidamente suscritos por el Comisionado, el Informe de Actividades deberá ser remitido al Funcionario Autorizador, con copia a la Dirección de Servicios al Inversionista cuando la Comisión de Servicios tenga entre sus objetivos la promoción de uno o más proyectos que forman parte del portafolio de PROINVERSIÓN. El Funcionario Autorizador, consignará su visto en señal de recepción. Este informe no será de aplicación para el Director Ejecutivo y los servidores del Órgano de Control Institucional. Asimismo, deberá rendir cuenta del Anexo 2 “Solicitud de Viaje – Otros Gastos”, en caso corresponda”.
Artículo 2.- Modificar por delegación el Anexo 6 de la Directiva N° 005-2018- PROINVERSIÓN, “Solicitud, otorgamiento y rendición de cuentas de viajes por comisión de servicios al interior y exterior del país”, en los términos señalados en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
“10.2 La Rendición de Cuentas se efectuará utilizando el Anexo 3 “Rendición de Cuentas” y 4 “Declaración Jurada”, adjuntando a los mismos el Informe de Actividades (Anexo 6) que da cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como ocurrencias e imprevistos sucedidos durante la Comisión de Servicios asignada. Estos documentos deberán estar debidamente suscritos por el Comisionado, el Informe de Actividades deberá ser remitido al Funcionario Autorizador, con copia a la Dirección de Servicios al Inversionista cuando la Comisión de Servicios tenga entre sus objetivos la promoción de uno o más proyectos que forman parte del portafolio de PROINVERSIÓN. El Funcionario Autorizador, consignará su visto en señal de recepción. Este informe no será de aplicación para el Director Ejecutivo y los servidores del Órgano de Control Institucional. Asimismo, deberá rendir cuenta del Anexo 2 “Solicitud de Viaje – Otros Gastos”, en caso corresponda”.
Artículo 2.- Modificar por delegación el Anexo 6 de la Directiva N° 005-2018- PROINVERSIÓN, “Solicitud, otorgamiento y rendición de cuentas de viajes por comisión de servicios al interior y exterior del país”, en los términos señalados en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.